Obligatoriedad de ser presidente

Hola todo expertos, ya hace tiempo hice esta pregunta pero no me ha contestado nadie, haber si çesta vez tengo más suerte, ¿hay obligatoriedad de ser presidente cuando te toca serlo, y si la hay que pasa si te niegas?
Gracias Tere

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Si, la obligación existe y se debe determinar en el acta de constitución los períodos (anual, semestral, etc) así como sus turnos de cumplimiento (primer y último copropietario).
El incumplimiento de esta obligación, puede conllevar demandas civiles por parte de la comunidad, por los importes a que dé lugar la contratación de un profesional que realice la sustitución del copropietario que incumple(Ley de la Propiedad Horizontal), siendo responsable civil y penal durante el período de incumplimiento hasta en tanto en cuanto se realice la contratación y designación del profesional.
Espero haberte ayudado, un saludo y no olvides valorar y cerrar la pregunta para poder formular otras,
Txema

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