Crear sociedad Offshore

Me gustaría saber lo que opinan de lo siguiente: soy consultor y presto servicios en cualquier parte del mundo, los cuales facturo con una sociedad limitada unipersonal en España.
Estoy pensando en crear una sociedad offshore u otra en un país no considerado offshore pero de baja o nula tributación para extranjeros.
Lo que me gustaría es seguir facturando a mis clientes con mi empresa española y después hacer una factura por prestación de servicios desde la empresa offshore a mi empresa en España. La idea es que de lo que facture la empresa española repartirme una parte como salario una parte para poder justificar ingresos y poder hacer las cosas normales (comprar casas, coches, etc). El resto quedaría en la empresa offshore para "libre" disposición. Estaba pensando en empresas en Chipre, USA, Panamá o Nueva Zelanda.
Otra posibilidad que pienso es crear una offshore en USA y otra en Panamá (u otro país con acuerdo de doble imposición). La empresa española factura a mis clientes, una mínima parte se queda como salario y el resto va a la primera empresa en USA o Panamá como prestación de servicios; después va a la tercera también como prestación de servicios para finalmente volver a España y declararlo como dividendo de una empresa extranjera.
Si esto que planteo no es legal lógicamente no lo haré. Aunque si ven otra posibilidad dentro de los limites de la legalidad estoy abierto a sugerencias.

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Pues lo primero que hay que indicarle, es que esto es muy complejo y debería de ponerse en manos de un abogado, que le estudie las "ventajas fiscales", frente a los costes que tendría, pues esto solo merece la pena si factura realmente mucho dinero.
Ademas, según la normativa Española y Europea, puede salirle más caro realizar este tipo de operaciones con sociedades offshore por los impuestos.. En cualquier caso, la normativa de operaciones vinculadas, le obliga a documentar expresamente estas operaciones a valor real de mercado, que en caso de inspección le sera realizado por la Agencia Tributaria y por lo tanto, perder los posibles beneficios ficales, al tener que tributar por el valor real de mercado.
Dependiendo de los importes de las operaciones, ademas esta obligado documentarlas expresamente, al tratarse de operaciones con empresas vinculadas. Lo que aumenta sus gastos de administración...
Puede salirle más interesante crear una sociedad en Holanda o Irlanda, países de la Comunidad Europea, pero con mejor tributación fiscal y evitar costes de administración y gestión... Ademas de posibles sanciones...
También ha de tener en cuenta los días que esta usted en España, pues puede que le puedan llegar a considerar no residente, si pasa más de 182 días fuera y esto también tiene implicación fiscal...
Agradecemos valoración de la respuesta.
Muchas gracias por su aclaración.
Digamos que facturo entre 100.000 y 120.000 eur al año y trabajo fuera de España, por ejemplo este año voy a estar en Irlanda e iré a España menos de 20 días.
¿Qué implicaciones tiene que viva todo el año fuera para mi empresa actual en España?
En este tipo de consultoría se puede facturar por un trabajo realizado en las oficinas del cliente o no, una formación, consultas, etc, y todo puede ser por internet, teléfono o presencial. Por ejemplo tengo un cliente en USA al que le hago manuales de formación y se los envió por email.
Digamos que la empresa offshore está a nombre de otra persona (testaferros), ¿me podrían exigir justificar a quien le compro servicios en el extranjero y en qué consisten?
Muchas gracias por su consejo.
Saludos
Su empresa si puede facturar a una empresa de fuera, de la forma legal que le corresponda, pero usted no es residente y por lo tanto, su declaración personal tiene esa peculiaridad, que de no haberlo declarado, puede la Agencia Tributaria hacerlo...
Para esa facturación no le merece la pena el viaje... los "testaferros", en realidad son bufetes de abogados en los paraísos fiscales, que le crearan la sociedad y figuraran como administradores, pero sus honorarios son importantes... Las facturas de compra realizadas en paraísos fiscales, se han de declarar como todas... pero son más vigiladas, precisamente, para evitar la dilución de impuestos...
Agradecemos valoración de la respuesta.

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