Vender furgoneta con leasing, embargo de la S.S.

Actualmente tenemos una empresa que está inactiva pero que tiene deudas con la S.S. El año que viene recibiremos una devolución de hacienda que cubrirá prácticamente la totalidad de lo que debemos a la S.S. El caso es que ya tenemos embargadas las cuentas e intentaron embargar la furgoneta de la empresa, pero no pudieron por ser un leasing. Mi pregunta es, ¿podríamos vender o subrogar ese leasing a un tercero sin estar incurriendo en un delito de alzamiento de bienes?

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Lo mejor es que habéis con vuestro asesor o busquéis uno que sepa y que haga un escrito ante Hacienda indicando que se compense la devolución con las deudas a la S.S., al estar la empresa inactiva y ser inviable económicamente, pero de este modo manifestáis vuestra voluntad de liquidar las deudas.
Esto puede hacerse y en muchos casos se admite, pero lo más importante es que demostraréis que habéis intentado pagar con lo que os adeuda el propio Estado y que por lo tanto, no hay ni dolo ni mala fe en vuestras actuaciones.
En cuanto a la furgoneta, es evidente que no la podéis vender porque no es vuestra, pero nada impide que un tercero se subrogue el leasing a fin de hacer frente a las deudas. Otra vez estáis demostrando vuestra voluntad de saldar deudas con terceros y en este caso es un acuerdo entre el propietario (es decir, la compañía del leasing) y el nuevo comprador, estando vosotros totalmente al margen desde el punto de vista mercantil.
Gracias por la respuesta. La verdad que no sabíamos que se podían cancelar las deudas de la S.S. de esa manera. Lo intentaremos, aunque la S.S. ya está al corriente de todo. Incluso está pendiente de unas sentencias judiciales y embargos a nuestro favor que cancelarían también esa deuda.
Respecto a la subrogación, la entidad financiera no es otra que el propio banco y ya nos ha dejado bien clarito que no aceptarían subrogar a untercero :(
Un saludo,
Alicia

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