Reparto de dividendos sólo a unos socios

Tengo el caso de una sociedad limitada en la que los socios son dos personas físicas (cada una con un 1%) y el tercer socio es una sociedad (98%).

Mi consulta es si es posible hacer un reparto de dividendos únicamente a los dos socios personas físicas y no a la sociedad o si hay alguna manera de hacerlo.

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Espero poder aclarar su duda, por lo menos parcialmente.

Conforme a lo dispuesto en el art. 275 de la Ley de Sociedades de Capital, en la sociedad de responsabilidad limitada, salvo disposición contraria de los estatutos, la distribución de dividendos a los socios se realizará en proporción a su participación en el capital social. En la sociedad anónima la distribución de dividendos a las acciones ordinarias se realizará en proporción al capital que hubieran desembolsado.

Por lo tanto, en ambos casos, se excluye un reparto de dividendos "caprichoso" o "arbitrario", que choca con el espíritu de la normativa societaria en general.

Habría que agudizar el ingenio para poder encontrar una vía alternativa que llegue al resultado deseado (por ejemplo, un contrato de trabajo, una prestación accesoria retribuida, ...). Habría que estudiar el caso concreto.

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