Disolución Comunidad de Bienes

Te explico un poco el caso. Dos socios (uno de ellos mi hermano) formaron una comunidad de bienes, por mal asesoramiento contrajeron un deuda con hacienda, en 2007 la comunidad de bienes se disolvió y se dio de baja en hacienda, seguridad social, pero no se hizo un documento privado de disolución de la comunidad de bienes. Cuando se disolvió la comunidad no tenía ningún beneficio ni ningún bien material "vamos nada".
Uno de los socios quiere pagar su parte de deuda y el otro no. El comunero que quiere pagar fue a hacienda pues quiere liquidar su parte de deuda (vamos el 50%) y en hacienda le dijeron que como la deuda es de la comunidad de bienes aunque él pague la mitad si tuviesen que ejecutar un embargo por impago (pues el otro 50% estaría sin pagar) también le afectaría, le dijeron que hacienda no le puede reconocer formalmente mediante un documento que "su parte de deuda está liquidada" ;pero si presenta un documento de la disolución de la comunidad donde se exprese que los dos comuneros se hacen cargo del 50% de las pérdidas originadas por la comunidad, este documento junto con la carta de pago, (a titulo individual), del 50% de la deuda le serviría a hacienda como justificante para si tiene que ejecutar el impago no afecte al comunero que ha pagado su parte de deuda.
Espero haber sido clara, es un poco lioso.
Mis preguntas son:
- Si me podrías facilitar un modelo de disolución donde se exprese la asunción de la deuda contraída o pérdida al 50% por los comuneros.
- ¿Sería bueno que este documento se firmase por ambas partes ante notario para que tenga validez a la hora de presentarlo en hacienda?
O existe alguna otra fórmula

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A ver lo que te han comentado es totalmente cierto y coherente. Un comunero no puede eximirse de la deuda contraída por la comunidad pagando únicamente su parte. Además la responsabilidad que tienen es ilimitada.
Por otro lado, veo difícil que el otro socio te quiera firmar nada porque levantará la liebre sobre las deudas ya que revisarán el caso, verán el documento e inmediatamente intigarán a pagar al otro socio.
Respecto al modelo, lo lamento mucho pero yo no te puedo pasar este tipo de documentación. Este es el trabajo de los Asesores y no puedo quitarles el trabajo. Además ellos examinarán el caso y harán preguntas mucho más profundas de los que se pueda plasmar en un forum de este tipo.
Tampoco veo necesario que la firma sea ante notario, pero evidentemente siempre tiene más validez un documento firmado de esta forma. Mientras Hacienda te admita el papel.

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