Me ofrecen trabajo como intermediario comercial, y quieren recibir facturas,¿Tengo qué ser autónomo?

Me ofrece trabajo una empresa italia para trabajar en españa como intermediario comercial, y quieren que les pueda emitir facturas de mis honorarios. ¿Me tengo que dar de alta como autónomo? ¿Hay alguna otra forma de hacerlo? En definitiva, ¿cuál es la forma mas económica para hacerlo? ¿Y cuánto se paga?

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Si vas a se un intermediario comercial en España y la empresa italiana pide factura debes darte de alta en hacienda y en la seguridad social. Trimestralmente debes liquidar tus impuestos - pago a cuenta de tu declaración de la renta (mod. 130), IVA no tendrás que liquidar ya que será una prestación de servicios intracomunitaria exenta del IVA.

Mensualmente tendrás que pagar la cuota de autónomos - 255 euros salvo que eres hombre menor de 30 años o mujer menos de 35 años, en cuyo caso la cuota son unos 179 euros durante 30 meses.

Los impuestos que pagarás se calcularán sobre la diferencia entre tus gastos y tus ingresos. Este tipo de actividad no esta incluido en el metodo de estimación objetiva.

Para cualquier otra consulta estamos a tu dispocisión en http://www.directconsult.es/empresas_area_fiscal.htm. Puedes contáctar con nosotros a través de nuestra página web - https://www.facebook.com/directconsult.es

Y podría acogerme a la figura del autónomo TRADE?tendría algún beneficio ser autónomo TRADE? Los autónomos TRADE también pagan todos los meses los 255 €?

Gracias

Los autónomos económicamente dependientes también pagan sus impuestos y su cuota de autónomos, como el resto de personas que desarrollan una actividad por cuenta propia. La única peculiaridad es que trabajan para una única empresa.

He estado rebuscando en la normativa del TRADE y he encontrado una pregunta que se aplica en tu caso .

Los agentes comerciales que actúen como intermediarios independientes, a cambio de remuneración y realicen su actividad por cuenta ajena ¿pueden considerarse Trade?
A pesar de que actúen como intermediarios independientes, de manera continua y a cambio de remuneración, que ellos mismos se encarguen de promover actos u operaciones de comercio o a promoverlos y concluirlos por cuenta ajena, no se les considera Trade, puesto que esa es la tarea sobre la que se desarrolla su puesto de trabajo. (infoautonomos.com)

Espero haber aclarado tus dudas.

Estamos a tu disposición en http://www.directconsult.es/empresas_area_laboral.htm.

No te olvides de finalizar la pregunta.

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