Dos actividades: Una en módulos en sociedad civil y la otra como autónomo en estimación directa

En Octubre de 2013 constituí una sociedad civil para una actividad de ultramarinos donde hemos decidido tributar por módulos y recargo de equivalencia.

En el mes de Noviembre inicié otra actividad como agente de seguros exclusivo, actividad que entiendo tributa en estimación directa por la diferencia entre ingresos percibidos de comisiones y gastos deducibles.

Tengo dos dudas:

1.- ¿Puedo tener una actividad en módulos y otra en estimación directa?, en principio entiendo que si fuese autónomo en las dos actividades no sería posible pero al ser una a través de una sociedad civil no lo tengo claro.

2.- En la actividad de agente de seguros exclusivos entiendo que es una actividad exenta de iva y no tengo que presentar impuestos trimestrales de irpf ya que tengo retención del 21% con lo que se regulariza todo en la presentación de la declaración de la renta. ¿es correcto?

Gracias de antemano por su ayuda

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Si una actividad la realiza la comunidad de viene sy otra tu como persona fiscial no habría problema ahora bien si las dos la realiza la sociedad civil no seria posible.

En cuanto a la no obligatoriedad de no presentar el modelo 130 o 131 entiendo que dependerá de tus ingresos pues ambas son actividades económicas y lo que dice la leyes el 70% de tus ingresos sujetos a retención por lo que habría que mirr si se cumplen dichos requisitos

Si necesitas un asesor fiscal [email protected]

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