El iva soportado de un local comercial, ¿Es un iva deducible para nosotros?

Tenemos un local comercial para ejercer nuestra actividad empresarial, en la factura el propietario emite un iva y nos retenciones, ese iva soportado, ¿es deducible? O por el contrario es un iva no deducible por lo que seria mayor un mayor gasto.

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En general, para que un IVA soportado sea deducible tiene que cumplir unas condiciones:
1. Que los gastos estén vinculados a la actividad económica
2. Que estén justificados (factura)
3. Que estén registrados en la contabilidad
En el caso de los arrendamientos, el IVA soportado es deducible.
Espero haber servido de ayuda. Se agradece valoración.

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