Reintegro de deducciones a Hacienda

En el año 2008 suscribimos un contrato para la construcción de vivienda de VPO, hasta la fecha de hoy, todavía no la han terminado, así que presentamos un escrito en Hacienda para que nos ampliasen el plazo a 4 años y así no tener que devolver el importe de las deducciones por la vivienda. Hacienda nos ha contestado mediante notificación, que deniegan la ampliación solicitada, debiendo reintegrar las deducciones practicadas en la forma y plazos establecidos en la normativa vigente. El escrito que presentamos, lo hicimos según ellos fuera de plazo, vamos un mes después, ya que no sabíamos que había que presentar dicho escrito, hasta que nos lo comunicó otro futuro vecino.

Mi duda es la siguiente: ¿En la próxima declaración de la renta que haga, tendré que devolver dicho importe? ¿Se puede devolver de forma aplazada? Y la última pregunta ¿Una vez que me entreguen la vivienda, podré desgravar de nuevo desde el primer céntimo entregado desde primera hora o perderé ese derecho?

Agradecido, le saludo

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Usted ha de presentar declaraciones complementarias de los últimos cuatro años, sin aplicar la deducción y por su puesto no ha de aplicarla en la que presente este año...

Si puede solicitar un fraccionamiento del pago, solicitándolo mediante un escrito, junto con la declaraciones complementarias.

En cuanto a deducir, una vez le entreguen la vivienda, al haber desaparecido la deducción, no esta tan claro y le recomendamos que realice una consulta directamente en la Agencia Tributaria.

Unicamente se declaró la deducción por vivienda en la declaración del 2009, ya que la vivienda estuvo paralizada más de un año y no hubo que realizar ninguna aportación durante ese tiempo.

Tanto la declaración de los años 2010 y 2011 no hizo falta hacerla ya que no se llegaba a los ingresos que establece Hacienda para hacerla.

Lo de las declaraciones complementarias no lo entiendo muy bien, si pudiese hacer el favor de explicármelo, gracias.

Cuando sucede esto, ustedes han de presentar una declaración complementaria, que sustituye a la que presentaron en su momento, pero sin incluir las deducciones que le correspondían, pues han perdido el derecho a deducción...

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