Tipo aplicable de iva

Buenos días, ruego me informen sobre tipo aplicable de iva entre fabricante de muebles de cocina y gabinete de arquitectos, me dicen que la cocina es para autopromoción y que se la debo facturar al 7% en vez de al 16%.
Gracias.

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Efectivamente, es muy probable que sea como te han dicho.
Mira, para que en una promoción se aplique el 7% se tienen que cumplir tres condiciones (las tres):
- Que la promoción sea de viviendas.
- Que el contrato se haga directamente con el promotor. Si estamos subcontratados, al contratista le facturaríamos al 16%.
- Que sea un contrato de ejecución de obra (por resultado) y no de servicios. Esta es la diferencia con el arquitecto.
Si pones las cocinas en una promoción de viviendas, te ha contratado directamente el promotor (o promotor-constructor) y tu contrato es de ejecución de obra (contratas el resultado a precio cierto), entonces el tipo de IVA es el 7%.
Ojo: si solo vendieses los muebles pero no los colocararas estaríamos hablando de una venta de material que iría al tipo general del 16%.

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