Declaración conjunta en custodia compartida

Estoy divorciado y tengo la custodia compartida de mi hija. Hacienda me envió el borrador de la declaración de la renta con la opción de tributación conjunta, como esta opción me resultaba más favorable que la opción individual la confirmé y ya me han hecho la devolución. Pero ahora mi ex mujer me dice que a ella también le pusieron la opción conjunta en su borrador y que también a ella le han hecho ya la devolución. Ambos marcamos en nuestras declaraciones la "vinculación 3", haciendo constar que la niña vive con ambos progenitores y nos aplican a partes iguales el mínimo por descendientes. Mi pregunta es: ¿Hemos hecho lo correcto al tramitar las dos declaraciones con la opción conjunta?
Muchas gracias,
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¿Conjunta? ¿Ud. Con quién? Una misma persona no puede tributar en conjunto en dos declaraciones distintas
Es mi hija la que tributa en conjunto conmigo. Pero también tributa en conjunto con su madre. Tenernos un régimen de custodia compartida, por lo tanto nuestra hija pertenece a dos unidades familiares. El problema es que la ley tributaria no contempla que alguien pertenezca a dos unidades familiares diferentes. Pero es una realidad indiscutible que en una custodia compartida los hijos forman parte de dos unidades familiares. La ley tributaria debería actualizarse para dar cabida a esta nueva realidad. Quizás por eso nos enviaron los dos borradores del IRPF con la modalidad de tributación conjunta. Pero sigo sin tener claro si hicimos lo correcto al tramitarlas de esta forma. ¿Alguien me puede dar su opinión? Muchas gracias
Eso no es posible. Su hija no puede tributar de forma conjunta con los dos padres a la vez. Da igual que Ud. me diga que está en custodia compartida.
Ud. Se está confundido. Una cosa es ud. se reduzca el 50% de su hija en concepto de mínimo familiar, y otra cosa muy distinta es la declaración conjunta.
La declaración conjunta significa (únicamente) que los ingresos que tiene su hija se declaran de forma conjunta con uno de los padres.
Y, por favor, no discuta lo que yo diga, por lo que yo diga no me lo invento, es porque lo establece así la Ley.
Gracias por su respuesta. Me queda claro que sólo uno de los dos progenitores puede hacer la declaración conjunta. Pero ¿por qué Hacienda nos envió a cada uno un borrador con declaración conjunta? Supongo que lo que habría que haber hecho es que uno de los dos (el padre o la madre) modificara su borrador para hacer su declaración individual. En años sucesivos podríamos hacer la declaración conjunta un año cada uno. Pero ¿qué hacemos con las declaraciones de 2008 que ya hemos tramitado y que son las dos conjuntas? ¿Debería uno de los dos hacer una complemtaria rectificando y poniéndola indivudual?. Muchas gracias una vez más por su atención.

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