Mi gran duda!

Muy buenas a todos.
Expongo mis dudas a ver si alguien me puede dar una explicación de mi caso.
Compre en Enero 2005 un piso (vivienda habitual), ¿escritura compra 101.000?, ¿Pedí hipoteca de 126.000?.
Vendí en Junio 2008 por 150.000, lo cuales recibí 120.000, con los que cancelé la hipoteca, los 30.000 restantes se hizo una condición resolutoria de pago aplazo a 7 años, pagos mensuales, todo consta en escritura.
Entre 2007 y 2008 realicé pagos de mi nueva vivienda (vivienda habitual) que me la han entregado hace un mes aproximadamente (¿252.000?) Los pagos realizados en 2007 se incluyeron en la Renta 2007.
¿Qué puedo hacer para evitar de pagar o pagar lo mínimo a hacienda el 18 % del beneficio, teóricamente 49000? He comprado de nuevo antes de 2 años pero no todo el dinero se ha reinvertido en la nueva casa ya que yo tampoco he recibido el total del beneficio, 30000 han qudado aplazados a 7 años, ¿cómo puedo deducirlos? Año por año? ¿O haciendo me va a reclamar la totalidad en esta renta?
A ver si alguien se encuentra en algún caso parecido y me puede explicar.
Muchas gracias a todos y saludos!

1 respuesta

Respuesta
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Puede solicitar la exención por reinviersión de la vivienda habitual que lo deberá hacer contar en tu declaración de IRPF.
Con independencia de cuando cobre, el devengo del impuesto se produce en el ejercicio de la venta del inmueble.
Gracias por la respuesta, ¿pero no termino de entender lo de "solicitar la exención por reinversioón..." que gano con solicitándolo?
Muchas gracias!

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