¿Qué tipo de contrato escojo?

Tengo que decidir cómo cobro durante un proyecto europeo de 6 meses que consiste en dirigir actividades sociales (creo que están exentas de IVA...) y tengo 3 opciones:
1 Darme de alta el último mes y emitir una factura a la asociación que me paga con el total. Nunca he estado dada de alta y por lo tanto me podría beneficiar de la reducción del 80%
2 Darme de alta los 6 meses y emitir una factura cada mes, aquí no sé si tendría derecho a la ayuda de 426€ en el caso de que me quede sin trabajo después.
3 Cobrarla como una subvención a mi proyecto, esta forma la asociación me retendría el 21% con lo que creo que es la menos ventajosa.
No sé qué hacer y tampoco tengo experiencia en este tema. Estoy abierta a más posibilidades.

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Sin conocer el caso concreto, es complicado, pero normalmente usted ha de darse de alta para ejercer la actividad, y por lo tanto, debería darse de alta desde la firma del contrato y ademas, en algunos casos, le recomendamos que contrate un seguro de RC.

Dependerá de que tipo de actividad realice, estará obligado a emitir factura con retención (Alta como profesional) o sin retención (Alta como empresario). Lo mismo sucede con el IVA, que dependerá de ciertas circunstancias, el que sea una actividad exenta. En cualquier caso, si el proyecto esta subvencionado, ha de presentar las facturas para justificar la subvención y dependiendo de la subvención, pueden exigirle algún tipo de documentación concreta. La factura sera a la asociación, para que pueda cobrar de la subvención...

Le recomendamos se ponga en manos de un abogado que le estudie su caso concreto. Si lo desea, puede encontrar información de nuestro despacho jurídico en la web.

La finalidad es hacer actividades sociales (como actividades sociales en una cárcel con los internos), no hay finalidad lucrativa ya que el dinero lo recibe una asociación que distribuye los recursos que financia la Comisión Europea. La actividad en este caso la desarrolla una persona de Rumanía (estos proyectos se hacen con personas de otros países) y queremos saber como podemos hacer para que cobre con la menor carga fiscal posible. Estamos en Murcia por si aclara algo más.

Una aclaración importante es saber si esta actividad tiene IVA o no en el caso de que esta persona se dé de alta como autónoma.

También si se podría incorporar como un tipo de becaria.

¿Cómo lo veis vosotros?

Espero vuestra respuesta atentamente.

Un saludo.

Normalmente, en este caso, deberían contratar a esta persona de Rumanía, como empleado de la asociación.

Los empleados no facturan... por lo tanto, no hay IVA.

Otra opción es que se diera de alta como autónomo, que en algunos casos podría estar exento de IVA, pero no de retenciones.

La formula mas sencilla para ustedes es la de contratarle como empleado y la carga administrativa es mucho menor. Ademas, suele ser necesario para justificar la disposición de fondos de la asociación en relación a la subvención, pues muchas exigen que se realice por trabajadores...

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