Venta Vivienda - Plusvalia/Deducciones

Lo primero disculpas por la extensión de mi pregunta. Compre una vivienda el 03/06/03 y he vivido en ella (como vivienda habitual) hasta el 1/01/07, fecha en la que la alquile por un periodo de 1 año. Ahora la voy a vender a fecha 25/02/08.
Precio compra vivienda en escrituras - 108.182 Euros.
Gastos de compra-venta (notario, impuesto transmisión, etc. ) - 12.000 Euros
Gastos de Rehabilitación edificio en año 2005 - 12.000 Euros
Precio de venta vivienda - 162.000 Euros.
No voy a comprarme en los 2 próximos años ninguna vivienda por lo que no me voy a acoger a la reinversión.
1ª Pregunta: ¿Tengo qué devolver las deducciones practicadas por vivienda habitual?
2ª Pregunta: ¿Para calcular lo que tengo que pagar a hacienda por la ganancia obtenida puedo restar los gastos de rehabilitación del edificio?. ¿Qué papeles para necesitaría presentar a hacienda para justificar ese gasto? ¿Vale un certificado de la comunidad?.
3ª Pregunta: ¿Tengo qué pagar la plusvalía municipal (impuesto sobre el incremento de valor de los terrenos) a parte de hacienda? ¿Cuánto es esto?
4ª Pregunta: Estarían bien estas cuentas teniendo en cuenta lo dicho, aplicando el coeficiente reductor de 1,0824 aproximadamente de otros años:
108.182 x 1,0824 = 117.096 Euros
12.000 x 1,0824 = 12.988,8 Euros
162.000 - (117.096 + 12.988,8) = 31.915,2 Euros
+ 12.000 Euros rehabilitación 2005
31.915,2 - 12.000 = 19.915,2 Euros x 18 % = 3.584,736 Euros (pago plusvalia Hacienda)

1 respuesta

Respuesta
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1.- No tienes que devolver esas cantidades ya que has cumplido los requisitos que te exigen la norma (permanencia durante tres años, habitarla.. etc)
2.- Si, seria suficiente un papel de la comunidad en el que conste el coste total y tu cuota de participación. No obstante no te adelantes porque es posible que no te pidan que justifiques nada.
3.- Tu como vendedor lo tienes que pagar por ley a no ser que acuerdes con el comprador que lo haga el. Al haber estado en tu poder tan poco tiempo sera muy poco dinero o estará incluso exento. Cada ayuntamiento tiene sus propias tasas así que te recomiendo que preguntes ahí pero en todo caso muy poco dinero. Este impuesto se paga más cuanto más tiempo permanezca el inmueble en tu patrimonio.
4.- El calculo esta bien hecho

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