Compra vivienda

Hola
Tengo vivienda totalmente pagada y ahora quería comprar otra y me han dicho que debo vender la anterior antes de escriturar la segunda ya que si no me saldrá muy caro.
Yo quería esperar a venderla ya que no necesito el dinero con urgencia... ¿qué puedo hacer?

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Lo de caro o barato no depende de si vendes o no vendes la antigua.
1. Fiscalmente, si "cambias" tu vivienda habitual actual, la reinversión del beneficio de tu vivienda actual (q es la que venderías), podría estar exenta (no pagas en IRPF), si reinviertes TODO el importe de la venta, en la adquisición de una NUEVA vivienda habitual. Si no reinviertes todo, pagarás el beneficio que le corresponda (Pventa-gastos e impuestos de la venta-Precio compra-gastos e impuestos de la compra), al 15% (hasta 31/12/2006) si tiene más de UN AÑO Y UN DÍA y no es anterior a 1994; al 18% a partir de 2007.
2. Si quieres vender tu casa actual y es vvda. Habitual, tienes UN AÑO desde que compres la nueva para que el beneficio de la que vendes, pueda acogerse a la EXENCIÓN fiscal de no pagar (o pagar en la parte proporcional que NO reinviertas).
3. Cosa diferente sería que, por tu capacidad de generar recursos, puedas comprar otra vivienda y mantener la primera. NO te sale caro para nada, sólo que si no tienes dinero suficiente para pagar al contado, tendrás que buscar financiación, manteniendo tu vivienda actual (con su valor actual, no pierdes nada). En cuanto a gastos de la nueva vivienda, si es nueva pagas IVA si es de 2ª mano el ITP, da igual que vendas la otra o no.
Espero que te haya ayudado. Finaliza la pregunta si no tienes más dudas.
Muchas gracias por su rapidez y sencillez en la explicación; creo que me ha quedado bastante claro. Agradeceré me afirme si estoy en lo cierto diciendo que después de firmar escritura de la nueva vivienda tengo un año para vender la antigua y con el beneficio de esta venta pagar la hipoteca que haya generado la nueva; ¿Es decir que la casa me costo 60.000 la vendo por 300.000 (olvidemos los gastos ahora) debería invertir los 240000 en la nueva hipoteca antes de un año?
Muchísimas gracias por todo
No el beneficio, sino el importe TOTAL de la venta. Si la "nueva vvda" es de importe inferior, el exceso sí tributará al 15% (2006) o al 18% (a partir de 2007).
No tienes un año sino que SON DOS AÑOS (perdón) Art. 39 del Reglamento del IRPF por si quieres mirarlo, ¿ok?

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