Recargo de equivalencia

Buenas noches;En estos momentos estoy finalizando las obras de acondicionamiento del local para abrir mi negocio de Parafarmacia. El coste de las obras va ser importante y por tanto el IVA que voy a pagar también. Ahora me dicen que estoy en el Régimen especial de Recargo de Equivalencia y que no presento el IVA trimestralmente. Mi pregunta es : ¿Qué pasa con el IVA que yo ya he pagado por las obras? ¿Lo pierdo? Muchas gracias

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1
En ese caso me temo que no podrás deducir de ninguna manera la mayor parte de la inversión que estás realizando.
El criterio que rige en módulos es que puedes amortizar cantidades por inversiones que realices en activos, pero de éstos se excluyen aquellos que pasen a formar parte del local alquilado, es decir, que no pudieras llevarte de allí si en un momento dado te trasladaras. Es algo verdaderamente curioso a lo que no le encuentro mucho sentido, pero así es.
Como digo, creo que no podrás deducir tu inversión, ni por tanto el iva.
De tu respuesta deduzco que sí podré deducir el IVA de mobiliario, equipos informáticos,... Muchísimas gracias por tu ayuda.
El local es alquilado y en cuanto al IRPF sí, estoy en módulos. Gracias.
En su mayor parte sí, aunque quizás puedas deducir las obras, y con estas ese iva que constituirá un mayor gasto.
Digo que quizás puedas porque ello dependerá de si estás en módulos o no y de si el local es propiedad tuya.

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