Impuestos alquileres

Tengo un piso donado por mi madre, que lo tiene en usufructo. Se acaba de arreglar y se va a alquilar y quisiera saber: ¿A nombre de quien deben ir los recibos? ¿Quién paga el IRPF? Quien tiene que declarar a Hacienda, si este importe es para el pago de la estancia en una Resd. ¿De Ancianos de la usufructuaria?
¿Qué se hace con la fianza? ¿Qué deducciones se pueden hacer? ¿Cómo se cobra el incumplimiento de contrato habiendo un aval?

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Tu madre tiene el usufructo. Por tanto le pertenecen TODOS los frutos del piso. El contrato, la percepción del dinero... etc., le pertenecen. Por tanto la tributación por tales rendimientos le atañe sólo a ella. Los nudopropietarios no tenéis derecho a las percepciones, y por tanto nada que declarar en IRPF. El hecho de que los rendimientos se empleen en pagar una residencia es irrelevante.
¿Con la fianza? Guardarla. Como deducciones en renta se pondrán los gastos de mantenimiento del piso y una amortización del valor que tenga lo construido. Si el aval es un aval bancario "a primera presentación" sólo habrá que llevarlo al banco.
De nuevo muchísimas gracias por la buena y rápida respuesta. No obstante algo no tengo claro:
- Mi madre cobra una pensión de 550 e/mes y nunca hizo declaración de la recta. ¿Tiene qué hacerla ahora?
- ¿Los recibos tienen que ir a su nombre si tiene 92 años y su "cabezita" no "muy buena"? Yo tengo autorización firmada por ella para alquilar "nuestro" piso.
Gracias de nuevo. Un saludo.
Tu madre SI tiene obligación de declarar ahora, desde el momento que obtiene rendimientos del alquiler de un inmueble.
En cuanto a la autorización, habrá que estarse al literal de esta, es decir, quizás te autoriza para gestionar el alquiler y cobrar en su nombre. Pero, tratándose de una autorización, y no de una cesión de derechos por parte de ella, los rendimientos le corresponden a ella, que será quien tenga que tributar.
Ultima pregunta con todo mi agradecimiento: El pasado año solo se alquiló el piso desde el 5-11-05 al 31-12-05 con 1 mes de fianza. Dado que los gastos de arreglo del piso, I.B.I. gastos de comunidad, seguros, etc. eran muy superiotres a este importe no se hizo declaración a Hacienda. Al estar los recibos a mi nombre ¿debo hacer yo una suplementaria a la mía que fue positiva?. Este año en abril dejaron de pagarme (y se han llevado parte del mobiliario y han efectuado destrozos)por lo que he presentado la ejecución del aval que es hasta el 05-11-2006 por incumplimiento de contrato, como así figura en el mismo, y el importe de la fianza para el pago parcial de los arreglos y reposiciones. ¿Quién debe declarar estos importes en el 2006? Debo ser yo o hacer una nueva autorización notarial por parte de mi madre, ¿a pesar que no puede salir de la Residencia? Muchas, muchas, muchas gracias. Un saludo con todo mi afecto.
NO debes hacer una declaración complementaria ya que los rendimientos obtenidos por el alquiler no te pertenecen. Le pertenecen a tu madre, ya que es ella quien posee el usufructo y no te ha donado ni entregado de ninguna manera dichos rendimientos.
Y en relación con la segunda parte de la pregunta, más de lo mismo: en principio TODOS los rendimientos diamantes del piso le pertenecen a tu madre. Una cosa es que seas tu quien recibe los importes y quien gestiona los alquileres, y otra la propiedad de todos esos rendimientos, los cuales, simplemente, le pertenecen a ella.

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