Intermediación en suelo

He ganado una comisión por la intermediaion en la compra venta de suelo.la comisión asciende a 84.000 euros y en la factura me han restado el 15% que se corresponde con la retención del irpf. ¿Cómo declaro el dinero restante a hacienda?
Respuesta
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Depende de a que te dediques, Hacienda entiende que las comisiones por intermediación pueden cobrarse por empleados por cuenta ajena, por profesionales libres o por empresarios, por ello:
1. Si eres empleado,( representante de comercio) con relación laboral de carácter especial, Se te aplica un mínimo de retención del 15%, Lo que has recibido lo pones como ingresos de actividades económicas, ( si te llevaste esa comisión como empelado de tu empresa entonces tributas como rendimientos del trabajo, aunque sea un rendimiento variable)
2. Si eres un profesional: entonces estarías ejerciendo como agente de la propiedad inmobiliaria, y eso lo declararías como una ganancia patrimonial
3. Si eres un empresario: entonces eres una agente comercial de tu propia empresa, has asumido previamente un riesgo en al operación y tienes una relación mercantil con el cliente(el llamado contrato de agencia) también te dedicarías a la entrega del bien y cobrarías tus honorarios, en ese caso lo declaras como actividades económicas ( te en cuenta que si no te hubieras encargado de la entrega el bien, si no asumiste el riesgo de la operación, es decir si solo aproximaste a las partes y no te viste involucrado en nada más, aunque seas un empresario, encones lo haces como en el punto 2, como ganancia patrimonial

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