¿Doble imposición?

Hola. Quiero montar una SL con un compañero. Mi duda es que si la empresa genera beneficios y se tributa por Impuesto de Sociendades: a la hora de que yo como persona física gane el dinero (se repartan lo dividendos) tendré que volver a trikbutar por el IRPF, ¿no? Con lo que Hacienda se llevará otro bocado por el mismo beneficio. ¿Es así? ¿Cómo evitarlo? ¿Puedo hacerle una factura a la empresa que cubra todos los beneficios como servicios de gestión y así tributar sólo en el IRPF?
Gracias.

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Cuando se realiza la actividad económica a través de una mercantil, hay dos maneras de llevarse el dinero a casa:
a) Mediante una nómina o facturando como profesional a la empresa. Eso supone un gasto para la sociedad, pero genera unos rtos en la persona física que se declararán en renta. Esta es una forma de no tener beneficios en la SL pero tenerlos como persona física. El inconveniente es que si estamos como trabajadores las nóminas cotizan SS, y si lo que queremos es facturar a la sociedad, hay que estar dado de alta como empresario individual.
b) Repartir dividendos después de pagar los impuestos. Estos dividendos se declaran luego en renta, pero existe una deducción para evitar la doble imposición que comentas. Cada 100 euros que recibes de dividendos, declaras 140 pero luego te deduces de la cuota 40.
La diferencia de tipo de gravamen entre hacer la actividad económica como persona física y hacerla a través de una mercantil y cobrar dividendos es mucho menor de lo que parece, mientras la finalidad sea que los rendimientos acaben en el patrimonio personal.

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