Declaración vivienda

Buenas tardes
Te comento mi caso ya que en el 2004 compré con mi novia una piso por el importe de unos 213000 euros. En verano dimos como contrato de arras unos 12000 euros de nuestro bolsillo (6000 eran de una plan vivienda que yo tenía y que me había desgravado en el 2003) En noviembre nos concedieron una hipoteca de 164000 euros. Los gastos de compra venta, hipoteca, registros etc.. Fueron de unos 15000 euros, en teoría también pagados de nuestros ahorros. Ahora al hacer la declaración descubro que hay diferente casilla para financiación ajeno o sin financiación ajena.
Mi pregunta es: qué ¿debo hacer para conseguir la mayor desgravación fiscal? ¿En teoría todo lo que hemos pagado tenemos que ponerlo en sin financiación ajena y poner solo en financiación ajena los gasto de apertura de hipoteca más sus registros y los dos meses que hemos pagado? En este caso ¿me desgravarían un tope de 9000 euros en la casilla de sin financiación ajena y otro tope de 9000 euros en lo aplicado a con financiación ajena? ¿O debemos ponerlo todo en con financiación ajena al haber pedido una hipoteca?
Agradezco las respuestas. Gracias.

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<%=Texto%>como veo que tienes clara la idea y el tope dr los 9015 para cada uno, te digo:
La ley establece que para tener derecho a la deducción por adquisición de vivienda habitual el importe financiado, con entidad de crédito, no puede ser menor del 50 % del importe del precio, y que durante los tres primeros años no se amorticen cantidades que en su conjunt superen el 40 % de dicha financiación, visto lo anterior, efectivamente las acntidades son como tu dices a la hora de ponerlas en el impreso.
En cuanto aque si desgravan lo mismo: SI.
Pero ojo con las cantidades que se paguen en total, pues si sorespasas los límites que te he dicho, solo podrás desgravar el 15 ´%.
Espero haberte aclarado la duda. Por favor no olvides puntuar: ES MUY IMPORTANTE PARA MI.
Gracias Fulma, me has sido de gran ayuda
Gracias Fulma por tu respuesta, me queda clara una cosa que tanto en financiación ajena como en sin financiación ajena no puedo poner más de 9000 euros por persona.
Mi pregunta va más sobre si con los datos que te he dado debería poner todo lo pagado en comisiones y notarias, más lo puesto en el contrato de arras en la casilla de SIN FINANCIACIÓN AJENA y lo pagado en cuotas de hipoteca (dos meses + los gastos de apertura, y papeleo) en CON FINANCIACIÓN AJENA. Este es el punto que más me interesa y del que tengo más dudas. ¿O debería ponerlo todo en la misma casilla?
Además ¿Es el mismo porcentaje de desgravación tanto en lo puesto en SIN FINANCIACIÓN AJENA que lo puesto en CON FINANCIACIÓN AJENA?
Gracias por tu interés.
<%=Texto%>el tope máximo SEA CUAL SEA EL TIPO DE FINANCIACIÓN ES DE 9015,15 EUROS, para cada uno.
Lo que pasa es que durante los dos primeros años te podrás deducir el 25 % hasta 4507,50 y el resto hasta los 9015 al 20%, luego en el tercer año los porcentajes serán respectivamtne del 20 y el 15%; a partir de ahí el cuarto año y sucesivos sólo será el 15 %.

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