Préstamo no deducible 100%

Hola,
He odio comentar en una repuesta, que si la cantidad solicitada como préstamo en la adquisición de una vivienda es superior a los gastos de compra, no es decucible el 100% de la cantidad solicitada.
Me gustaría que tener más información sobre esto, que ley lo regula, etc, y donde se describe las dos aternativas a dicha situación: penalizaicon en cantidad o en periodo.
Gracias
Gracias,
Blackbird

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1
La ley 40/98 establece en su articulo 55.1 que serán deducibleslas cantidades invertidas en la adquisición de vivienda habitual. Al ser mnayor la hipooteca que el valor de compra, solo podrás deducir la parte proporcional de la Hipoteca que corresponda al valor de compra cada ve que pagues.
El reglamento de IRPF es la el RD. 214/1999, y la Ley de Irpf la Ley 40/98.
Espero haberte ayudado. Ayudame puntuando la respuesta.
Soy fulma, por favor puntúame la respuesta, es muy importante.

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