Factura rectificativa

Tengo problemas con un cliente al cual le hemos facturado 3 facturas y las hemos cobrado. Queremos hacer 3 facturas rectificativas per sus importes para devolver el dinero cobrado... Pero no lo puedo hacer en negativo! ¿Cómo lo hago?

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El Nuevo Reglamento de Facturación establece sobre las Facturas Rectificativas lo siguiente,
El empresario debe expedir una factura rectificativa:
. Siempre que la factura original no cumpla alguno de los requisitos obligatorios.
. Se hubieran determinado incorrectamente las cuotas del IVA en la factura original.
Como podéis apreciar las facturas rectificativas no son notas de abono.
No obstante, cuando la modificación de la base imponible sea consecuencia de la
devolución de envases y embalajes y por la operación en la que se entregaron se hubiese
expedido factura, no será necesaria la expedición de una factura rectificativa, sino que se
podrá practicar la rectificación en la factura que se expida por una operación posterior que
tenga el mismo destinatario, restando el importe de los envases y embalajes devueltos del
importe de dicha operación posterior, repercutiendo al destinatario de las operaciones
únicamente el importe correspondiente a la diferencia, siempre que el resultado de la
diferencia entre ambas magnitudes sea positivo y el tipo impositivo aplicable sea el mismo.
Cuando la modificación de la base imponible tenga su origen en la concesión de
descuentos o bonificaciones por volumen de operaciones, no será necesaria la especificación
de las facturas rectificativas, y bastará la simple determinación del período a que se refieran.
La rectificación se realizará mediante la emisión de una nueva factura o documento
sustitutivo en el que se hagan constar los datos identificativos de la factura o documento
sustitutivo rectificados y la rectificación efectuada.
Se hará constar en el documento su condición de documento rectificativo y la
descripción de la causa que motiva la rectificación.
Las facturas rectificativas constituirán una serie especial.
Hola,
La normativa la tengo clara. Mi pregunta es si he hecho una factura a un cliente i dicha factura no le corresponde por el importe total no puedo hacer una nueva factura en positivo, la tengo que hacer en negativo, ¿es legal?
La factura rectificativa sustituye a la factura anterior y recoge el montante de la operación final,
Ejemplo
Factura inicial 100 euros
Abono, error 20 euros
Se hace factura reciticativa de 80 euros, y esta factura rectificativa sustituye a la de 100 euros.
Esto es para el ejercicio fiscal 2004.
Para 2005 probablemente vuelvan a poner las facturas con base imponible negativa.
Hola pero si la factura inicial es de 100 y el error es de 100, ¿cómo lo hago?
Haces una factura rectificativa por importe 0 euros y en concepto pones que rectifica la factura nº xxxx/2004.
Esta nueva factura rectificativa sustituye a la anterior de manera que anulas la base imponible de 100 que ahora es 0.
He consultado con Hacienda antes de contestarte puesto que me resulta un caso un tanto atípico, y me han confirmado esto que te digo.

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