Inspección laboral

Por favor, tengo una cuestión que me tiene preocupado y necesito que alguien me diga algo. Verás he vuelto a trabajar en una empresa en la que ya había trabajado hace un año, y durante este año he estado cobrando el desempleo.He empezado el día 1 de febrero y el día 3 hemos tenido una inspección de trabajo y resulta que la inspectora no me tenía en una lista que llevaba de los empleados que estaban dados de alta en la segur. Social. Ella me pregunto que desde que día estaba trabajando allí y le dije que desde el día 1 y se tomó nota de ello. Resulta que la empresa me ha dado de alta ese mismo día 3 y claro mi prestación no se corta hasta ese día.Mi jefe dice que no pasa nada que van ha decir que se han retrasado en darme de alta y supongo que tendrán alguna sanción, pero yo estoy preocupado por si el hecho de haber estado un par de días cobrando prestación y trabajando por culpa de mi empresa que no me dio de alta el día 1 como debía de haber hecho puede hacer que yo tenga algún tipo de sanción como devolver el año que he cobrado o quedarme sin el paro que me queda cuando la culpa es de la empresa que no me dio de alta el día 1 como debiera haber hecho.Por favor puedes aclararme algo estoy preocupado, muchas gracias de antemano.

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Las comunicaciones deben hacerse previamente al comienzo de la prestación de servicios. Si pillamos al solicitante de prestaciones trabajando, multa al canto, porque su deber era comunicarlo PREVIAMENTE. Igual que la empresa, comunicación de alta PREVIA al inicio de prestación de servicios. Si la empresa no comunica alta ni trabajador comunica colocación al SPE, sanción muy grave para ambos. Si la empresa comunica alta previamente y trabajador No comunica, infracción muy grave para trabajador, para empresa nada porque cumplió con su obligación.
Yo hace diez años que no había soicitado la prestación por desempleo y anteriormente nunca había tenido yo que comunicar a nadie si empezaba a trabajar, lo hacia directamente la empresa cuando me daba de alta y entonces se me interrumpía la prestación ¿tiene el trabajador obligación de comunicar que ha empezado a trabajar? y si es así ¿Cómo pueden sancionarme?
Para evitar líos de devoluciones de cantidades de dinero, el trabajador avisa, obligación no tiene, pero se han dado después casos de hembargos a cuenta de este tema, yo aconsejo siempre que se encuentre trabajo, el mismo día por la mañana llamas a tu oficina de empleo y ya automáticamente, tu has cumplido.

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