Salario mensual y derechos del trabajador por operación quirúrgica de rodilla

Voy a contar mi caso, porque necesito un poco de orientación.
El año pasado en Abril me operaron de la rodilla y estuve de baja. Pues bien, cuando regresé a mi trabajo, el coche que tenía de empresa se lo habían dejado a otra persona. Mi jefe me garantizó que estaba mirando cómo hacerlo para conseguirme un coche. Cuando entré en esta empresa, lo hice con la condición de tener coche, pues si no, no me interesaba el puesto de trabajo, ya que yo tenía uno en el que cobraba más cantidad de dinero y además tenía cubiertos todos los gastos. Yo soy arquitecto técnico, y trabajo en direcciones de obra. Mi vivienda está a 60 km de la oficina. Desde que llegué de la baja, ya casi no voy a obra, y estoy la mayor parte del tiempo (90%) en la oficina. Ayer después de haber pasado 5 meses desde que regresé de la baja, decidí hablar nuevamente con mi jefe porque yo no puedo soportar los gatos del vehículo, y me ha confirmado que no me pueden dar el coche. La empresa hace dos semanas despidió a 17 personas improcedentemente y están recortando gastos.
Mi pregunta es, si yo tengo el derecho a percibir de algún modo el coste de mi traslado diario a la oficina. Porque a mi parecer y al de mis compañeros, a mi haciéndome eso, me han reducido el sueldo. Esto ha llegado a tal punto, que me estoy planteando volver a mi ciudad de origen para trabajar allí, vivir con mis padres, y alquilar mi piso de Barcelona.
También me gustaría saber, si se diera el caso de que si tuviera el derecho a percibir ese coste... Si decidiese irme a mi ciudad de origen y darme de baja en mi empresa, podría solicitar el coste de los meses pasados.

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En el caso que usted plantea, la empresa no tiene por qué pagar sus costes de traslado diarios. Sólo debería hacerlo cuando le cambien de centro de trabajo y este nuevo centro de trabajo estuviera ubicado fuera del municipio del centro de trabajo origen. Por ejemplo, si usted trabaja en Barcelona y le cambian a una oficina en Badalona, deberían pagarle el transporte (kilometraje equivalente desde el centro de trabajo de Barcelona hasta el centro de trabajo de Badalona). Otra cosa es que estuviera estrictamente por escrito en su contrato de trabajo: en ese caso le deberían cubrir lo pactado por escrito.
Por tanto, tampoco podría obtener el coste de los meses pasados, puesto que la empresa le dirá que no está obligada a pagarle los traslados diarios.
Muchas gracias por la aclaración. Yo sabía eso, pero pensaba que los pactos por palabra, también tenían validez. Porque además son derechos que se han consolidado. Pero si no es así, ya lo se. Muchas gracias por la aclaraci´n.

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