Responsabilidad peñista futbol

En su día, junto a unos amigos creamos una peña de fúbol, y para registranos lo hicimos como asociación no lucrativa, creamos una junta directiva, presentaos estatutos, etc. No tenemos número de cuenta, ni estamos dados de alta por lo tanto en hacienda. El único motivo de la peña es el animar, etc.
La duda que me asalta es la siguiente:
Si un día pasara algo, ¿quién tiene la responsabilidad? ¿Los de la junta directiva? ¿Todos los socios que forman la peña? Pongo un ejemplo para que se entienda mejor:
La peña la formamos 20 socios, de los cuales 4 forman la junta directiva, y otros 5 socios, simplemente han dado el nombre pero son de fuera y no toman parte en las decisiones que se toman. Se decide organizar un viaje para animar al equipo, pasa algo en ese viaje (un accidente de bus por ejemplo), y se reclama un dinero a la peña.
¿Legalmente quién sería el responsable? La peña agrupando aquí a todos sus socios, ya sean directivos, gente que solo ha dado su nombre, ¿o solo sería la junta directiva o el que haya organizado el viaje que puede no haber sido ninguno de la junta directiva?

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Si ustedes son un asociación sin animo de lucro, no sirve con hacer unos estatutos, hay que solicitar un CIF de la asociación y hay que cumplir con las obligaciones formales, como Juntas Generales, aprobación de cuentas anuales, LOPD, libro de actas, etc... Esto es lo primero que deberían solucionar, para evitar problemas.
La Junta Directiva es responsable de la asociación y por lo tanto de las actividades que realiza. Si organizan viajes, deberían asegurarse de que existe un seguro de accidentes o incluso contratarlo ustedes...
Si hay un accidente de autobús, deberían tener documentación de que ustedes han organizado el viaje, para lo que necesitan el CIF (factura) y de que es una actividad de la asociación, para poder ser parte del procedimiento... Y tener documentos que demuestres la contratación, como el contrato, donde ha de figurar los datos de la empresa de viajes (bus) o del tercero encargado de la organización y la existencia de un seguro...
En caso de problemas, puede que algún socio perjudicado, decidiera reclamar a ustedes como responsables subsidiarios, si organizan el viaje y luego hay un problema, siendo responsables la Junta Directiva.
Agradecemos valoración de la respuesta.
Lo primero de todo, muchísimas gracias por la respuesta.
En segundo lugar, y para que me aclares si puedes, yo entiendo entonces que un socio cualquiera, que simplemente es miembro de la peña, no tendría ninguna responsabilidad, según leo tu explicación, ¿verdad?
En cuanto al cif, cuando creamos la peña, en el registro nos dijeron, que si teníamos un nº de cuenta o pedíamos un cif tendríamos que presentar ante hacienda una serie de papeles, pero que si no teníamos ni nº de cuenta ni cif ni nada, no hacía falta. Las juntas y eso sí, tal y como marca el estatuto, y tener libro de actas, etc.
Muchas gracias una vez más, me estás siendo de gran ayuda, gracias
La responsabilidad que le correspondiera a la asociación, seria de los miembros de la Junta Directiva. Han de tener en cuenta, que para ciertos delitos, el nuevo código penal hace responsables a las personas jurídicas (asociación) y a los administradores de hecho y de derecho... pero tranquilo que solo es para ciertos delitos...
Han de solicitar un CIF, para lo que solo han de presentar los estatutos legalizados y el modelo 036/037. Aunque no tengan cuenta bancaria, si tienen que tener un CIF. También han de solicitar la exención del IVA para las cuotas de socios.
Han de llevar una contabilidad, puede ser por partida simple, que permita reflejar el estado económico y realizar los balances y cuentas anuales, para su aprobación en Junta General.
Si lo desean, puede encontrar información de contacto en nuestra web, pues somos especialistas en gestión de asociaciones, trabajando con entidades de toda España.
Agradecemos valoración de la respuesta.
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