Representante S.L. Jubilado

Mis padres ya se han jubilado y cobran una pensión.
Pero mi padre sigue teniendo poderes de representación de la empresa familiar Sociedad Limitada, en la que los dos tiene un 45% cada uno.
Mi padre sigue firmando contratos de compra-venta a nombre de la Sociedad como representante de la misma.
¿Puede tener algún problema?
Si mi padre tuviese algún ingreso por esta labor: (comisiones, etc.), ¿podría tener problemas?

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El estar jubilado no es incompatible con ser administrador de una S.L. y tener poderes de la misma, siempre y cuando sus funciones se limiten a las propias del administrador y no sean asimilabes a las de un trabajador, aunque ese trabajador sea un cargo de responsabilidad.
Es mejor que no perciba rendimiento alguno, de lo contrario podría entenderse que trabaja en la Sociedad y en ningún caso, puede percibir comisiones o un sueldo. Sí que podría percibir un porcentaje hasta del 10% de los benenficios de la S.L. antes de impuestos como remuneración del órgano de administración, pero si hay más administradores, esa cantidad hay que repartirla entre todos. También podría percibir primas o dietas por asistencia a las Juntas del Órgano de administración o de la JUnta General, pero para que esas cantidades tengan validez legal y la inspección del trabajo tenga que callarse, se deben cumplir los siguientes requisitos (obligatoriamente):
* MOdificar los estatutos de la Sociedad e inlcuir que el cargo de Administrador es REMUNERADO.
*Indicar que la remuneración consistirá en una participación del 10% de los Beneficios Sociales antes de Impuestos y dietas y primas por asistencia a las juntas que serán fijadas, anualmente, por la Junta General.
Esta escritura debe inscribirse en el Registro Mercantil para que tenga validez.
Las retenciones de los administradores se declaran como rendimientos de trabajo (modelo 110 y anualmente, el 190), pero sea cual sea la cantidad que perciba, tienen siempre la retención del 30%.
Esta es la única forma de que tu padre pueda cobrar sin tener problemas como administrador. Todas las demás formas de retribución acarrearán la presunción de que sigue trabajando y que su jubilación es fraudlenta, con las consecuencias que ello implica.

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