Como crear una cooperativa

Hola soy española, de málaga
Y quiero crear una cooperativa.
La idea era crear una empresa de espectáculos, y al final el medio más viable que hemos visto ha sido el de hacer una cooperativa.
Para empezar tengo varias dudas que me gustaría resolver:
¿Cuántas personas como mínimo podemos ser? (Me han dicho que 3)
¿Cuánto dinero como máximo hay que emplear en el papeleo? (Me han dicho que 700 pero: ¿Todos los miembros, o cada miembro debe aportar ese capital?)
Una persona interesada en formar parte de la cooperativa tiene un contrato fijo, ¿tendría algún inconveniente?
¿Tendríamos qué tener todos la nacionalidad española?
Son mis tres primeras preguntas antes de decidirme por ser empresaria je je... Por favor responder con antelación.
Puntúo todas las respuestas que me sirvan de ayuda.

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Estimada Bichita
Las sociedades cooperativas están reguladas por la Ley 27/1999 de 16 de julio para cooperativas de ámbito estatal.
Sociedad constituida por personas que se asocian, en régimen de libre adhesión y baja voluntaria, para realizar actividades empresariales, encaminadas a satisfacer sus necesidades y aspiraciones económicas y sociales, con estructura y funcionamiento democrático.
Respecto de tu primera pregunta - nº mínimo de comuneros:
Artículo 8. Número mínimo de socios.
Salvo en aquellos supuestos en que por esta u otra Ley se establezcan otros mínimos, las cooperativas de primer grado deberán estar integradas, al menos, por tres socios. Las cooperativas de segundo grado deberán estar constituidas por, al menos, dos cooperativas.
Cuanto hablas de los 700 euros no se si te refieres a capital social o a los gastos de constitución de la empresa cooperativa - en el caso de que fueran gastos de inscripción y constitución probablemente te lo hayan indicado como aportación total a hacer para cubrir los gastos notariales y demás gastos asociados.
Respecto al tema laboral que cuestionas:
2. Podrán ser socios trabajadores quienes legalmente tengan capacidad para contratar la prestación de su trabajo. Los extranjeros podrán ser socios trabajadores de acuerdo con lo previsto en la legislación específica sobre la prestación de su trabajo en España.
Respecto a una persona que dispone de trabajo en otra empresa no puede formar parte de la cooperativa ya que existiría incompatibilidad (aunque este punto lo tendría que revisar en la legislación).
Por otro lado, cuando indicas el hecho de que creéis que la forma jurídica de constitución que mejor se adapta a lo que queréis hacer es la cooperativa, creo que es una afirmación aventurada. De entrada se toma una decisión sin un conocimiento profundo de la realidad legislativa que envuelve a las cooperativas, no es un tipo de sociedad fácil ni mucho menos, tiene muchos requisitos legales, y es necesario conocer bien en este tipo de sociedades los entresijos de la ley.
Cuando en su mayor parte las empresas que se constituyen en este país son Sociedades Limitadas y Sociedades Civiles es porque estas si son realmente fáciles de gestionar por cuanto sus limitaciones jurídicas son relativas. Las Sociedades Laborales y las Cooperativas tienen abundantes limitaciones al lucro de sus comuneros o trabajadores ya que en caso de existir un ánimo de lucro importante se acaban teniendo que transformar en sociedades mercantiles.
Así pues, no dudo de que pueda ser la sociedad que les venga bien pero les aseguro que han escogido una de las formas más complicadas que existen y que mayor cantidad de flecos legales tiene. Le sugiero que contraten a un asesor para que no acaben teniendo problemas ya que no son fáciles de gestionar.
Saludos
Jaime Feiner
[email protected]

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