Problemas con una franquicia española de una empresa francesa que terminó en quiebra

Hola, buenos días:
Trabajo en una pequeña Empresa de 8 trabajadores en Alcobendas (Madrid), que se dedica al mecanizado de precisión.
Esta Empresa se fundó con capital de una empresa francesa, se nombró como administrador único al francés que a su vez era gerente de la empresa francesa, y se dio amplios poderes a mi compañero que desempeña el cargo de Dtor. Comercial en la empresa española de la que hablo y trabajo.
Hasta aquí todo muy bien, el problema viene cuando las cosas van mal en Francia y presentan suspensión de pagos, se llevan dinero de la empresa española, para que al final el juez decrete su liquidación.
Mi pregunta es: ¿A quién pertenece ahora nuestra Empresa?, ¿A quién debemos presentar las cuentas anuales para su firma si ni tan siquiera se hace junta de accionistas?.
Y para finalizar ¿Puede el apoderado despedirnos y autodespedirse si las cosas empeoran aquí? ¿Cómo se puede finalizar la actividad comercial? ¿Se puede denunciar y a quién esta situación mercantil?.
En fin, siento hacerte tantas preguntas a la vez pero es que me siento perdida, este tema me sobrepasa.
Perdona que haya sido tan extensa, y muchas gracias por tu tiempo.

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Vamos a ver, cuando hablas de liquidación imagino que te refieres a la empresa francesa por cuanto la empresa española sigue funcionando. La empresa sigue perteneciendo a los propietarios de la empresa, a aquellos que figuren en los estatutos como propietarios de la misma, los socios. En este caso, si hay un administrador este es responsable de la presentación de los números así como del día a día de la empresa y corresponde a los socios el dar fe y validez a los libros cada año.
Tendrían que estudiar cual es la situación estatutaria de la sociedad, si existe o no consejo de administración y si existe y la situación es inestable lo pondría en conocimiento de las autoridades y del registro mercantil.
De todos modos, habría que ver si la empresa ha sido intervenida como no han decretado un paro de la actividad para saldar las cuentas de la sociedad matriz. Tampoco entiendo esta situación de vacío total, imagino que el apoderado sabrá alguna cosa, así pues, antes de dirigirse al registro mercantil, contraten a un buen abogado mercantilista para que estudie la situación y los riesgos de estabilidad laboral que entraña para vds.
Un saludo
Jaime Feiner
[email protected]
Efectivamente la liquidada es la Empresa matriz francesa y nuestra situación es bastante inestable, se debe dinero a Hacienda y ya se sabe bloquearan las cuentas bancarias y ... por eso ¿A qué autoridades se refiere cuando dice que lo pongamos en su conocimiento?.
Respecto al apoderado decirle que le va de lujo esta situación, hace y deshace sin responsabilidad alguna y sin tener que rendir cuentas a nadie, y como tiene 61 años, casi tiene solucionada su vida (me refiero a la jubilación).
Como ve estoy atrapada sin saber que hacer, la verdad es que me encuentro con 52 años, con 20 años de antigüedad, y me veo en la calle con una mano adelante y otra atrás.
Muchísimas gracias por su ayuda.
Saludos cordiales.
Entiendo que las dos sociedades tienen personalidad jurídica propia y distinta formando la matriz francesa parte del accionariado de la empresa española. En este caso, la quiebra de aquella podría haber afectado relativamente a la española. Es un caso que, se me escapa ya que las relaciones empresariales internacionales no son mi fuerte, lo que si tengo claro es que la situación de vd., debe ser llevada por un profesional, en este caso por un abogado a ser posible, trate de conocer el verdadero estado de la empresa, si realmente existe un peligro de declaración de quiebra o de cierre, investigue los números de la sociedad presentados en el Registro Mercantil, si existe fraude o si hay una mala gestión o praxis del dinero, en caso de que lo crea conveniente lleve la situación al órgano de inspección de la agencia tributaria para conocer cual es el estado de la deuda de la empresa.
Gracias por su interés, efectivamente tiene entidad jurídica propia y por eso creo que tendré que esperar poco, es cuestión de un par de meses, cuando no cobre la nómina tendré que denunciar, en realidad soy una empleada con los derechos que la amparan la ley española.
Gracias por su interés otra vez y saludos.

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