Empezar la casa por el tejado S.O.S.

Negrinsa"
Necesitaría que me echaras un cable y me dieras tu opinión al respecto... Te cuento:
Mi marido y su socio se han montado una S.L.L en un pueblo de jaén.
En diciembre y enero estuvieron por allí y les informaron de todo en la junta de andalucia, recomendandoles esa forma jurídica por las ventajas (subvenciones y demás) que podían tener.
Cuando me lo contó mi marido (yo soy contable) le comente que me parecía extraño empezar en la construcción montando una SLL con los gastos que conlleva una empresa (SS elevada entre otros) yo creo que es mejor empezar como autónomo y luego pues ya se vera...
El caso es que no siguieron mi consejo y "montaron" la SLL cuyas escrituras y NIF tuvieron en abril.
El 1 de mayo se trasladaron allí (nosotros vivimos en BCN) y durante el mes de mayo no han trabajado pues se les ha ido en darse a conocer por la zona y buscar faena.
La empresa de momento no ha empezado la actividad, pero ya la tienen que empezar y al acudir al gestor para lo de la SS y demás, éste les ha comentado lo que yo en su día, que les recomienda empezar por autónomos para no tener al principio tanto gasto y en su opinión el de la junta de andalucia les vendió la moto...
El tema está en que la empresa ya esta montada pero no ha iniciado la actividad ni la han dado de alta en la SS.
Según este gestor, por ese tema no existe ningún problema pues al estar sin actividad se puede dejar "aparcada" y eso no supone ni gastos ni nada. ¿Es así tal cual? ¿Realmente no pasa nada por tenerla ahí como si no existiera?
En cuanto a las subvenciones solicitadas (aun no hay respuesta) nos dice que se pueden parar, y respecto a la factura que la empresa ha recibido de las herramientas compradas (sobre la que se solicitó subvención) se podría volver a reemitir a nombre de ellos como autónomos, lo mismo pasa con el teléfono y alquiler...
En resumen, que no han iniciado actividad pero han recibido 3 facturas a nombre de la empresa (herramientas, móviles y alquiler)
Necesitaría que me aconsejaras al respecto (sobretodo en cuanto al tema de aparcar la empresa o mejor darla de baja) y también en cuanto a lo de ser autónomos ¿tal cuál? O empresarios individuales y formas de tributación ¿estimación directa?
Nota:
En el tema de autónomos y módulos y todo eso ESTOY MUY PEZ ¿lo has notado?

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Ay va! Que diferencia con respecto a lo que YO había interpretado en un primer momento. Antes que nada, siento no haberte entendido, sin embargo ahora lo has dejado muy claro.
Te respondo:
En la situación en la que estáis, es mejor de lo que YO pensaba (o había entendido). Vuestra empresa está totalmente en situación de INACTIVIDAD. Pues existe (registro mercantil) pero no habéis iniciado actividad alguna, por lo que podéis dejarala "aparcada" todo el tiempo que deseéis, incluso de "por vida", y cuando queráis, iniciáis la actividad de esa empresa constituida sin problemas...
Y no hace falta realizar ningún papeleo (nada de bajas..)pues no tiene sentido intentar dar de baja a una entidad que aun NO HA CAUSADO ALTA (lo del registro mercantil, es una garantía de que no copien vuestra denominación social, nada más).
Como bien has dicho, como ya habéis pagado las escrituras y estatutos, estos no tendrán que ser pagados nuevamente al iniciar actividad la sociedad, salvo que cambien el número de socios, o se produzcan modificaciones con respecto a los mismos.
Hola otra vez...
Perdona mi insistencia pero creo que no has entendido lo que te quiero preguntar (con tanto lio a lo mejor no me he explicado bien)...
Te explico,
1º) deciden montar empresa
2º)esperan el tiempo necesario para tener todo en regla (nif, escrituras etc)
3º) cuando deciden empezar caen en que como autónomos tendrían menos gastos (entre ellos costes de SS)
La empresa todavía NO ESTA EN ALTA SS (iban a la gestoría para darla de alta cuando les aconsejaron que para empezar lo hicieran como autónomos)
Les han aconsejado en la gestoría que para empezar a trabajar con menos carga económica (al principio no hay clientes, ni tienen trabajadores, etc...) les saldría más rentable hacerlo como autónomo o empresario individual (no se si es lo mismo)que no con una SLL
Le preguntan al gestor ¿qué pasa con la empresa que ya han montado?
Este les dice que como todavía no ha iniciado actividad no hay problema en dejar la empresa aparcada, y si todo va bien en un futuro activarla...
Lo único que había con la empresa era una factura de herramientas para la que se han pedido subvenciones PERO ESTAS SE PUEDEN PARAR y solicitar al proveedor que reemita la factura a otro nombre que no sea la empresa...(lo mismo con el teléfono móvil)
Le preguntamos al gestor si a pesar de todo tendríamos que presentar declaraciones por la empresa y nos han dicho que NO, ya que todavía no se ha iniciado.
Lo que yo necesito que me confirmes (si puedes, claro) es si lo que nos ha dicho el gestor es cierto... que si después de haber constituido una empresa se decide no "usarla" es tan fácil como dejarla aparcada... para en un futuro si todo les va bien utilizarla.
Nos ha dicho que no hace falta que la demos de baja (como empresa en hacienda o en el registro y no en la SS puesto que nunca ha estado dada de alta) porque como ya hemos tenido el gasto de constituirla la podemos "guardar" para más adelante...
Espero haberme explicado mejor y sobretodo muchísimas gracias por tu tiempo...
Cuando digo que SIN REALIZAR ACTIVIDAD, no es lo mismo que empresa INACTIVA.
Me explico: La empresa debe seguir en alta en la SS, y como no genera ingresos (no realiza actividad, porque no tiene clientes... o sea, no genera ni puestos de trabajo, ni hay movimientos, etc...), pues no pagaría, en teoría, Impuesto de sociedades, ¿ok?
Pero SÍ debe continuar en alta en el Sistema de la SS. Por lo que la empresa permanece ACTIVA en el sistema, pero sin movimientos.
No sería conveniente dar de baja a la empresa de la SS, pues para hacer uso de las subvenciones (creo que la que enuncias, puede ser una de ellas) debe permanecer la EMPRESA en alta. Si le dais de baja, incumplís uno de los requisitos para la adquisición de la subvención, por lo que no la os concederán (y si os la dan, y dais de baja a la empresa en la ss, os obligarán al reintegro de la cantidad percibida)
En cuanto a las cuotas a la seguridad social, por el RETA (empresario individual o autónomo), cabe la posibilidad de que pagues más, dependiendo del caso particular del AUTÓNOMO...
Es relativo.
Y estando con una SOCIEDAD LIMITADA LABORAL, los socios son SOCIOS TRABAJADORES que se encuadran en el Régimen Gral, y como tal, cotizan por desempleo (no es como el autónomo, que éste NO COTIZA por dicha contingencia)
Esa podía ser una solución. Podía haberse establecido como autónomo (uno de los socios) y en lo sucesivo, tranformarse en sociedad. Pero basémonos en el presente y en la posible solución:
La SLL puede permanecer en alta sin problemas, aunque no ejerza actividad. Sobre todo, es conveniente que así sea por las posibles subvenciones de Fomento de Economía Social que hayáis podido solicitar.
De hecho, si no generáis ingresos, sino sólo pérdidas o gastos (compra de material/maquinaria), el impuesto de sociedades saldrá siempre negativo o a cero, por lo que no pagaréis dicho impuesto (pero sí estáis obligados a presentarlo...)
Además, seréis al menos 3 socios (es lo mínimo por ley), por lo que será complicado disuadir la sociedad después de todos los gastos que habéis tenido.
Mi opinión: Si podéis (claro está) económicamente, continuad con la empresa tal y como está, un mínimo de 3 años. Creo que si solicitaron subvención del Fomento de Economía Social, tan pronto se apruebe, os la concederán, por lo que esa cuantía os vendrá bien para continuar pagando la seguridad social de cada uno, y encima, estáis cotizando por desempleo...
Gracias por responder tan rapido pero...
Efectivamente son 3 socios.
Hay algo que sigo sin entender...
Si no inician actividad (si alta en SS, les anulan las facturas que hay a su nombre, les paran el tramite de subvenciones, etc...) ¿Hay qué continuar presentando declaraciones? Por ej. comentas que si hay perdidas el IS saldrá negativo... pero si no hay actividad ¿se tiene que hacer el IS?
La pregunta concreta es: la empresa ya esta montada, pero no empiezan...¿la pueden aparcar, empezar como autónomos por libre, y más adelante si todo va bien iniciar la actividad de la empresa?
La idea no es darla de baja puesto que los gastos ya los han tenido, ¿pero se puede dejar ahí sin más hasta que la necesites y empieces la actividad?
En cuanto a la subvención que solicitaron, no te puedo especificar mucho, (recuerdo algo de jóvenes emprendedores o algo así) se lo han tramitado en la junta de andalucia y era para subvencionar aprox. un 50% de las herramientas que han comprado, es decir de la subvención como máximo recuperarían 3.000 euros
Con esto...¿crees qué les interesa pagar cuotas de SS y no autónomos?
En cuanto a lo del desempleo... aunque cotices al régimen general de la SS, si eres socio de la empresa, creo saber que no tienes derecho al desempleo ¿es correcto?
Si es así, no veo la ventaja de seguir con la SLL, puesto que como imaginaras en los principios de sus andanzas no van muy sobrados de pasta.
Quedo a la espera de tus aclaraciones
Gracias
ufff menos mal porque no las tenia todas conmigo.
Muchas gracias por tu paciencia y tu tiempo y lamento no haberme explicado bien a la primera.
Saludos y si necesitas algo me encontraras en expertos-impuestos

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