El articulo 207

Hola, tengo un terreno que compre hace 2 años y que inscribí pero no se llego a registrar tenia retriccion de venta a terceros con el articulo 207 de la ley hipotecaria. Ahora pasados 2 años quería vender pero no me permiten alegando que no estaba registrada y debo empezar de nuevo el proceso. Quería saber si hay alguna alternativa para la venta ya que tengo un comprador interesado pero no se la manera de llevarlo a cabo. Gracias

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Teóricamente lo que hay que hacer es inscribir conforme al art 205 mediante edictos en el tablón de anuncios del ayuntamiento, pero debe practicarse la inscripción con la condición de no vender en un plazo de 2 años, si no se realizó la inscipción creo que hay que empezar de nuevo, siento no encontrar otra alternativa, pero es un caso que para mi al menos no es muy común.
Aunque si te parece consultalo en el registro de la propiedad que te corresponda o en una notaria de tu confianza, porque en base a la experiencia de casos parecidos pueden ayudarte bastante.

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