Arrendamiento

Un inquilino de piso no inscrito en Registro, sin contrato de arrendamiento, con alquiler muy bajo, hace obras sin consentimiento casero, ¿se puede por este concepto aplicar incremento alquiler? ¿En qué porcentaje?

1 Respuesta

Respuesta
1
El art. 19 de la ley de arrendamientos urbanos establece la elevación de renta por mejoras.
1. La realización por el arrendador de obras de mejora, transcurridos cinco años de duración del contrato le dará derecho, salvo pacto en contrario, a elevar la renta anual en la cuantía que resulte de aplicar al capital invertido en la mejora el tipo de interés legal del dinero en el momento de la terminación de las obras incrementado en tres puntos, sin que pueda exceder el aumento del 20 por 100 de la renta vigente en aquel momento.
Para el cálculo del capital invertido, deberán descontarse las subvenciones públicas obtenidas para la realización de la obra
Como ves la ley determina la elevación de la renta por las obras realizadas por el arrendador, pero no por el arrendatario
En cuanto a las obras por el arrendatario se dispone lo siguiente:
1. El arrendatario no podrá realizar, sin el consentimiento del arrendador, expresado por escrito, obras que modifiquen la configuración de la vivienda o de los accesorios a que se refiere el apartado 2, del artículo 2, o que provoquen una disminución en la estabilidad o seguridad de la misma.
2. Sin perjuicio de la facultad de resolver el contrato, el arrendador que no haya autorizado la realización de las obras podrá exigir, al concluir el contrato, que el arrendatario reponga las cosas al estado anterior o conservar la modificación efectuada, sin que éste pueda reclamar indemnización alguna.
Si las obras han provocado una disminución de la estabilidad de la edificación o de la seguridad de la vivienda o sus accesorios, el arrendador podrá exigir de inmediato del arrendatario la reposición de las cosas al estado anterior.
En cuanto a que la vivienda no esté inscrita en el Registro, debes saber que la inscripción no es obligatoria, y contrato si existe, pero no por escrito por lo que no deberías tener problemas para demostrar que existe arrendamiento de la vivienda.
Lo que puedes hacer es rescindir el contrato por esas obras realizadas sin consentimiento.

Añade tu respuesta

Haz clic para o

Más respuestas relacionadas