Calculo finiquito

Agradecería que alguien contestase a la siguiente pregunta sobre el calculo del finiquito:
He pedido la baja voluntaria con 15 días de antelación y había disfrutado de más días de vacaciones de los que me correspondían por periodo trabajado, ¿Me pueden descontar los días de más que he cogido de vacaciones del finiquito?
¿Y otra pregunta, tienen que pagarme los tres últimos días de trabajo durante los cuales estuve de baja, habiendo presentado el parte de baja pertinente?

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Respuesta
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Estimado amigo/a:
Si el caso de las vacaciones es debido a que la empresa ha cerrado sus instalaciones, o el empresario simplemente te ha dicho que te tomases esos días, no podrá descontarte del finiquito el exceso de esos días de vacaciones. Por otra parteen el finiquito no te abonará los días de vacaciones que te pertenecen puesto que ya los has disfrutado.
En cuanto a la baja no te ha de pagar los tres días de enfermedad si es derivada de enfermedad común, si es por accidente laboral si.
Lo que debes hacer es, si sigues de baja pedir el pago dsirecto de la baja al INSS para que te siga pagando.
Muchas gracias por su respuesta, me gustaría que me aclarase otra cosa. La baja fue debida a una distensión muscular en un hombro motivada por un sobreesfuerzo en el trabajo (trabajo de camarera, por lo que tengo que levantar bastante peso al recargar las cámaras). ¿Se considera esto accidente laboral?
Apreciada amiga:
Depende ... debemos ver quien extendió la baja laboral, si la mutua de accidentes de trabajo o la Seguridad Social. En todo caso en el parte de baja te especificará si es accidente laboral, enfermedad profesional o enfermedad común. Si es enfermedad común los tres primeros días corren a cargo tuyo, es decir no los cobrarás.
Por tanto fíjate bien en el parte de baja y en el verás que tipo de baja es la que te han dado.
Un saludo y si necesitas cualquier cosas mán no dudes en contactar conmigo

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