Plus de transporte urbano

Hola, mi pregunta es la siguiente :
El Convenio Colectivo de Comercio de ámbito provincial por el cuál se rige mi empresa, entre otros, tiene establecido un plus de transporte urbano para todos los trabajadores.
Debido a la escasa distancia existente entre mi domicilio habitual y el del centro de trabajo, ( 300 metros aproximadamente )no necesito utilizar ningún medio de transporte ( público o privado ), con lo cuál mi empresa aludiendo que este plus es un suplido del salario mediante el cuál se resarce al trabajador del gasto ocasionado para asistir al trabajo, no me abona este plus por que no existe gasto alguno.
Quisiera saber, si existe alguna normativa que regule la distancia o el tiempo empleado para asistir al trabajo, en la que la empresa no se vería obligada a abonar dicho plus de transporte urbano, o si por el contrario está obligada a su abono con indiferencia de la distancia entre mi casa y mi centro de trabajo.
Gracias de antemano

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Si el Convenio establece un plus de transporte a tanto alzado o en función de los días trabajados durante el mes, la empresa tiene obligación de pagártelo independientemente de donde vivas. Diferente sería si el convenio estableciera una distancia miníma para tener derecho al mismo, o que el mismo se estableciera en función de la distancia y los transportes utilizados. Pero, vuelvo a repetir, si el convenio no condiciona a estos parámetros el plus de transporte, y los convenios provinciales no lo suelen hacer, la empresa tiene obligación de pagarlo aunque vivas en el piso de arriba de donde esté situada.

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