Proceso para incapacidad

Hola, veréis mi padre (52 años) lleva de baja casi un año (lo hace el 26 de agosto) y el médico nos dijo que ya o le dan el alta o una incapacidad.
Ha ido a la inspección y le dijeron que le mandarían una carta. Mi pregunta es ¿Será para citarle en el tribunal médico o para resolver ya si le dan la incapacidad o no?
¿Y en el caso de que le concedieran una incapacidad se puede negar? ¿Por qué claro si es total le interesa más que le despidan y cobrar el paro que quedarse con solo el 55?.
Gracias

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En principio le citarán el tribunal médico, este resolverá en función del resultado médico y hay varias posibilidades: que le concedan una incapacidad, que le den el alta médica o que le den una prórroga en caso de que crean que puede recuperarse en breve.
Tu padre puede renunciar a la incapacidad si no le interesara. Aunque si le conceden una incapacidad total también podría seguir trabajando en otra actividad diferente a la actual y dicho trabajo sería compatible con la prestación concedida.
Respecto a cobrar la prestación por desempleo, tendrías que darse varias circunstancias, en primer lugar que la empresa le despida, aunque en principio se da por hecho que es sencillo la empresa no tendría porqué despedirle y si tu padre diera la baja voluntaria no tendría derecho a prestación por desempleo, y la diferencia entre la prestación por incapacidad y la de desempleo es que una es vitalicia y la otra dura dos años.

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