Contrato de trabajo

Buenos días. Tengo un contrato de trabajo eventual por circunstancias de la producción a tiempo completo, código 402. Comenzó el día 9 de enero de 2006 y con una duración de 3 meses (hasta abril). En este mismo mes me lo prorragaron a 9 meses. Por tanto se extinguiría en enero de 2007. Mi pregunta es que si al llevar un año en la empresa cdo cumpla mi contrato, ¿deben hacerme indefinida, o por el contrario este tipo de contrato no se convierte en indefinido?. ¿Podrían prorrogarmelo por 6 meses más?
Y por favor, aclarame que tipo de derechos tiene un contrato 402. Muchas gracias por tu ayuda. Un saludo

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¿No se tienen derechos diferentes por un tipo de contrato?.. En tu caso lo que tienes que mirar es que la causa del contrato sea real y se corresponda con el trabajo realizado por ti en la empresa, si no es así se entiende que es un contrato en fraude de ley y por tanto indefinido, y ante la comunicación de finalización deberías demandar por despido. Otra posibilidad es que te ofrezcan otro contrato diferente en cuanto a la causa y objeto del mismo, o incluso diferente tipo de contrato; en ese caso defenderá de la nueva circunstancia para poder asegurar que la relación ha derivado en indefinida o no.
En definitiva, salvo que este claro que el contrato es en fraude de ley, tendrás que esperar que la empresa mueva ficha para poder actuar en consecuencia.

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