¿Se puede reclamar gastos y pensiones no reclamado en un primera demanda de ejecución?

Se presenta una demanda de ejecución sentencia por impago de alimentos y gastos extras.

El abogado la presenta mal, y al querer hacer una ampliación, se deniega todo lo anterior a la fecha demanda.

¿Se pierden esos gastos y pensiones o se pueden pedir en otra nueva demanda?

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No lo pierde; puede reclamarlo en otra demanda.

muchas gracias, podría aclararme un poco mas, o a que me podría acoger en la apelación?

gracias

Simplemente planteando otra demanda de ejecución, que ni siquiera supondría un gran esfuerzo o despliegue de medios. Sería cuestión de casi calcar la demanda de ejecución anterior cambiando fechas, comenzando desde la última que se reclamó en la ejecución anterior y conteniendo todas las mensualidades pendientes. Esa demanda, una vez interpuesta, se puede añadir a la demanda de ejecución primera (técnicamente se le llama acumulación). Hay Juzgados que esa acumulación ya la hacen de oficio. Para evitar más demandas, habría que decir en la próxima a presentar que se anuncia la reclamación de nuevos vencimientos insatisfechos en caso de producirse. Así, cada cierto tiempo puede ampliarse esa ejecución.

el tema esta, en que se presento una primera ejecución, y el abogado la presenta mal,

realizo una segunda en la que se expone todo lo que tenia que haber pagado en pensiones y gastos, descontando lo que salio a pagar en la primera, bien, pues deniegan todos los gastos y pensiones que no se habían reclamado en la anterior (en la primera) acogiéndose al articulo 222 y 400 de la lec.y a un testigo falso de la otra parte que dice estar presente en las entregas de dinero en mano...

un saludo y gracias

Uy! Creo que esto cambia un poco la orientación. Su primera pregunta parecía indicar que la sentencia declarativa preveía esas pensiones y gastos, pero no se habían incluido en la ejecución. Si menciona los artículos 222 y 400 me inclina a creer que está planteando otro declarativo y que solicita pensiones y gastos que no se incluyó en el primer declarativo (luego no se recogen en la sentencia. Si ese es el supuesto entonces me temo que efectivamente no puede recuperarse.

es eso, no se incluyen en la ejecución a la sentencia, pero si están recogidas en la sentencia de divorcio y creo que mas que sentencias son autos

es el juez el que indica esos artículos por eso creo que no tiene razón y me gustaría saber como apelar.

gracias

Pues no acabo de entenderlo. Si es un concepto recogido en la sentencia puede ser ejecutado. Si no se ha ejecutado en un primera demanda de ejecución considero que puede incluirse en una segunda ejecución, que es muy probable que se produzca. No puedo decirle otra cosa salvo que necesariamente debe dejarse asesorar por su abogado, que es quien conoce los antecedentes y debe conducir la proyección como mejor considere. En todo caso podría tratar de obtener una segunda opinión de otro abogado y, si le convence, que sea éste quien dirija la acción.

Contra el auto que deniega el despacho de ejecución puede interponerse recurso de reposición y también de apelación, siendo cuestión del abogado valorar la ideonidad de interponerlo o no.

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