Baja o Inactividad

Hola, soy presidente de una asociación (peña de amigos) que se dio de alta en el año 2000. Se hizo todo legalmente, alta en el registro de asociaciones, CIF pero tras el primer año dejamos de funcionar ya que se dio de baja la mayoría de los socios, incluidos el secretario y el tesorero. No tuvimos patrimonio funadacional ni se cobraron nunca cuotas a ninguno de los socios, simplemente por que los socios eramos un grupo de amigos que nos juntábamos a ver partidos de fútbol en la sede de la peña que era la casa de uno de los socios. Llevamos desde 2001 si hacer ninguna junta ni general ni extraordinaria, no tenemos presupuesto pues no hay ingresos ni gastos y en la actualidad quedamos 3 socios. Por cierto tampoco hemos hecho nunca declaración alguna en hacienda ya que el CIF se solicito pero no se ha utilizado para nada, no hay transacción alguna realizada por la asociación. Mi pregunta es ¿Damos de baja la asociación en el registro y en haciendao la dejamos inactiva con la esperanza de que en el futuro alguien recoja nuestro testigo y revitalice esta asociación-peña?. Muchas gracias

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Pues en el registro no le darán la baja, sin presentar una liquidación, cuestión que lleva su trabajo, aunque no haya capital... Si dan la baja por disolución en el registro, deberían hacer lo mismo luego en hacienda, aunque posiblemente no estén ni dados de alta...
Pueden dejar las cosas como están, por si en el futuro alguien quiere revitalizar la entidad...
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