Deuda - Reclamación judicial

Hola,
Llevo ya una temporada sin trabajo y por eso, no he podido hacer frente a los pagos de mi tarjeta en los últimos meses.
A parte de eso, ahora mismo no me encuentro en España.
Y hoy me han enviado un correo diciendo que van a realizar una reclamación judicial de la deuda.
Yo no tengo bienes ni ingresos en España. Tengo a mi ex-marido ahí que, aunque no nos hayamos divorciado aún, tenemos un acuerdo de separación de bienes.
Me gustaría que me explicarais como funciona lo de la reclamación judicial. Mi ex-marido, al tener la separación de bienes no seria involucrado en nada, no?
Si me condenan a pagar, pero no tengo bienes ni recursos, que pasaría?
Yo no tengo problemas en pagar. Mi problema es que ahora mismo, no puedo hacerlo.
Muchas gracias.

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El que usted no se encuentre en España, no significa que no se le pueda juzgar y condenar en rebeldía.
Si usted está casada y no se ha separado legalmente, divorciado o anulado el matrimonio, su vínculo matrimonial sigue constante por mas acuerdos que ustedes hagan. Lo que usted llama "acuerdo de separación de bienes" si es entre ustedes, no sirve absolutamente para nada porque el mismo se ha de llevar a un Notario e inscribirlo posteriormente en el Registro Civil.
Si la condenan -que ya le anticipo que lo harán-, le girarán a su marido todos los gastos y si éste se niega, le trabarán un embargo adicionado de los intereses de demora y las costas procesales, porque la sociedad económica conyugal que tenían no ha sido disuelta conforme a la Ley.
Ruego cierre y valore
Hola,
Gracias por la contestación.
La separación de bienes si que está hecha en notario e inscrita en registro civil. Aún así le podrían involucrar?
Como comenté, no me encuentro en España. Si hacen la reclamación judicial, y cuando envíen la notificación, no me opongo, haría falta que me presentara en los juzgados?
Gracias.
Dependerá si la fecha de la inscripción de la misma es anterior a la deuda o posterior. Si fuera posterior, de nada le serviría a su esposo oponerse.
Yo le aconsejaría que se personase el día que fuera requerida, porque en caso de no presentarse, la condenarán en costas con toda seguridad.
Ruego cierre y valore
Hola,
Para finalizar, la fecha es anterior. Es de principios del 2010 y lo de la tarjeta, no pago desde octubre del 2011. En este caso, ya no le embargarian?
Entonces, aunque no me oponga a la demanda, me citarían de todas maneras?
Gracias.
Usted no diga desde cuando no paga, sino desde cuando son las deudas que es desde la fecha que ellos contarán.
Se oponga o no la citarán igual.
Ruego cierre y valore

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