Proceso Monitorio de Pago

Te escribo porque tengo una duda.

He sido citado para un proceso monitorio de pago.

Me gustaría saber que sucedería si no puedo acudir a dicho proceso.

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Me imagino que se le habrá concedido un plazo para alegar lo que estime oportuno, si no lo hace se dictará por el juzgado auto despachando la ejecución de la cantidad reclamada, en cuyo caso ya no podría oponerse al pago por motivos que pudiera oponer ahora y la otra parte puede pedir el embargo de sus bienes

Hola.

no se me ha dado tiempo para nada, simplemente me llego una carta del juzgado de paz de mi pueblo citándote para una proceso monitorio. Pero yo tengo trabajo que atender. Por eso quería saber que sucedesto no voy.

gracias

Como ya le he comentado el hecho de desentenderse de la reclamación lo único que va a hacer es que la misma se haga ejecutiva, esto es que la otra parte pueda pedir la ejecución forzosa y el embargo de sus bienes

y que bienes me pueden embargar?

mi piso tiene hipoteca y si me embargan la nómina no podría pagar la hipoteca.

Pueden embargarle su nómina con los límites previstos en la ley, el salario mínimo es inembargable y la parte que excede de él solo en parte

Pueden embargarle también cualquier dinero que tenga en cuenta

Y el hecho de tener hipotecada su vivienda no impide que pueda ser embargada

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