Indemnización Accidente de Tráfico

El día 9 de Abril de 2012 tuve un accidente de tráfico yendo yo con mi moto. Un coche se saltó un Stop y me arrolló. Por suerte iba despacio al igual que el coche y el resultado fue 4 costillas rotas, 3 dedos del pie rotos con luxación de las cabezas metatarsales y desplazamiento del "nudillo" del dedo pequeño.

Actualmente estoy de baja médica (no laboral) pero en 3 semanas presumiblemente me darán el alta. Sobre las lesiones, las costillas, salvo movimientos raros, estiramiento o esfuerzos no noto nada. Del pie, pues aún tengo dolor en el dedo pequeño, que es el que peor parte se llevó. Tengo poca movilidad y noto dolor al caminar descalzo y al masajearlo, pero por ejemplo no me impide salir a hacer footing. Además en el tobillo izquierdo me ha quedado una marca por abrasión del tamaño de una moneda de 1 Euro.

Estuve de baja Impeditiva del 09/07/2012 al 17/06/2012 (ambos inclusive) y no impeditiva desde el 18/06/2012 y hasta (presumiblemente) 18/09/2012 (ambos inclusive). Tengo 34 años y resido en Barcelona.

Sobre el accidente, me llevaron en ambulancia y la policía local hizo un atestado, tomaron declaración de los testigos y finalmente me comunicaron que en el atestado la culpa figuraba del vehículo. Inicialmente el contrario no aceptaba la responsabilidad pero después del atestado si la ha aceptado y la compañía contraria ya me arregló la moto y esperan que les pase el informe médico para presentar una oferta de indemnización. No he cursado denuncia ya que estamos por el momento por vía "amistosa". Sé que tengo hasta 6 meses para cursarla (hasta el 09/10/2012) si no llegara a un acuerdo con la compañía contraria. Además me guardé las facturas de taxi, muletas y medicamentos que tuve que comprar debido al accidente (que supongo puedo reclamar).

Mi pregunta es, dados los datos que indico, ¿qué indemnización me correspondería aproximadamente? Sé que si no hay denuncia no me visita ningún médico forense para determinar los puntos por secuela así que quería saber más o menos que me pertocaría para aceptar, rechazar, negociar o finalmente denunciar según la propuesta que me pasen.

Si necesitan más información, indíquenmelo

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En toda la cuantificación faltan las secuelas, que también se tendrán que valorar .

La tabla va por puntos, así que si no interpone denuncia y el forense no determina los puntos de las secuelas y si son o no permanentes, tendrá que estimarlo a ojo, o fiarse de la compañía, que lógicamente, siempre tira a la baja.

En cuanto a los días de baja, este es el baremo de 2012:

Por cada día de hospitalización: 69,61€/día

Por cada día impeditivo: 56,60€/día

Por cada día no impeditivo: 30,46€/día

La cantidad resultante "debería" aumentarse en función de los ingresos netos anuales por usted percibídos, aplicando los "FACTORES DE CORRECCIÓN POR INCAPACIDAD TEMPORAL" que la ley establece. Procede legalmente aplicar de forma automática dichos factores de corrección, pero para porcentajes superiores al 10% hay que acreditar sus ingresos netos anuales (nóminas, declaración de la renta, etc):

Factores de corrección aplicables por perjuicios económicos (Tabla V, apartado B del baremo 2011) Ingresos netos anuales de la víctima por trabajo personal:

-Hasta 27.864,71 euros... Hasta el 10%.

-De 27.864,71 a 55.729,41 euros... Del 11 al 25%.

-De 55.729,41 hasta 92.882,35 euros... Del 26 al 50%.

-Más de 92.882,35 euros... Del 51 al 75%.

El tramo mínimo (hasta 10%) debe aplicarse a toda víctima en edad laboral, aunque no acredite ingresos, conforme reciente sentencia del Tribunal Supremo 289/2012 de 30 de abril de 2012.

Súmele las facturas que usted ha guardado, y salvo la cuantificación de las secuelas, si es el caso, esta, más o menos sería la cantidad resultante.

Personalmente le recomiendo que interponga la denuncia, porque si llega a un acuerdo, simplemente lo manifiesta en su momento.

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