Alquiler del piso

Buenas una compañera debe 3 meses del alquiler , ( le cobran creo que 700 e con luz y gas inc , por un piso antiguisimo y que por decirlo de alguna manera se cae a trozos) pero bueno el caso no es ese. Le ha dicho que le irá pagando esos 3 meses , para ponerse a corriente , el le a dicho que se vaya , pero el contrato no acaba de aqui unos meses , asi que no , y le a dicho que no le quiere renovar cuando acabe. El hecho es que pensamos que dicho contrato , no es del todo legal , creemos que no lo han enviado a una notaría , gestoría y tal. Si cuando no quiera renovarle y ella estando al corriente de pago y saben con certeza que no esta enviado a ninguna notaría , se puede hacer algo? Aparte que creo que se pasa con lo que le cobra , tal y como estan los pisos hoy en dia , y mucho mejores. Gracias!

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Los contratos de alquiler no tienen que hacerse en ninguna notaría, basta utilizar un impreso oficial, o incluso son válidos los extendidos en papel común, siempre que estén firmados por ambas partes.

Incluso en algunas circunstancias pueden ser válidos los contratos verbales.

El arrendador puede instar una demanda de desahucio al impago de una sola mensualidad de renta y no tiene obligación de aceptar pagos fraccionados.

Por otra parte, puede también el arrendador no prorrogar el contrato de alquiler, si le conviene.

Otra cuestión es el estado de la vivienda, porque si dicha vivienda no reúne las necesidades mínimas de salubridad, eso si es denunciable. Dicha denuncia se presenta en el Ayuntamiento de su municipio, y deben detallar cada una de las condiciones de la vivienda que no cumplan con los requisitos mínimos para hacerla habitable, como son humedades o fracturas en paredes y techos, que por su falta de mantenimiento puedan representar un peligro para la persona que la ocupa. Eso provocará una inspección y si dicha inspección estima que el estado de la vivienda no es el exigible, si el dueño de la vivienda no procede a su reparación en el plazo que le otorguen para ello, se enfrentará a una sanción administrativa.


Tenga en cuenta que la asesoría en esta web es meramente orientativa. No se han examinado antecedentes o documentos que pudieran hacer no idónea la respuesta. No debe sujetar sus actos a los criterios o plazos que se hayan expuesto si no recibe una atención personalizada del asunto.
Si considera resuelta su consulta, ruego tenga a bien Finalizar la pregunta.

Muchas gracias por la aclaración. Ella lleva 2 años de alquiler y se lo a renovado una vez , antes pagaba 650 y ahora 700 , le dijo que si no pagaba eso no le renovaba , ya que entre los 700 , entra luz,gas etc gastos en general. Pero que creo que ahora y antes no pagas tanto de gastos como para pagarle entre eso y el alquiler 700€. El piso esta en unas muy malas condiciones , humedades ( tuvo que pintar ella un par de veces , porque el no lo hacia) en el techo de la cocina hay algún agujero , que cuando llueve entra agua , los desagües de cocina todo mal ( para fregar los platos tiene que poner cubos y ir vaciandolos) , la antena de tv va a ratos , enchufes que no funcionan , todas las puertas desencajadas ( Hasta la de la calle se puede mirar por debajo del trozo que le falta , eso es que fueron puestas a ojo y ni medidas ni nada) y una luz de una habitación que no funciona.. entre otras muchas cosas y no arregla nada. Siempre a pagado y ahora esta sin trabajo y le a dicho que le ira pagando estos meses. Puede echarle entonces aunque no haya acabado el fin de contrato?

El arrendatario pueda echarla en cuanto se deba cualquier cantidad de renta, aunque no se haya finalizado el tiempo pactado del contrato. El impago de la renta resuelve por sí misma el contrato de alquiler.

Respecto a los problemas de salubridad de la vivienda, ya le he comentado como puede actuar en mi anterior respuesta.

Un cordial saludo
http://www.lopezcollado.es/
Diagonal 469 2 2 Barcelona
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