Obra privada construida en 1º piso del patio de luces!

En un edificio céntrico de Murcia, un propietario ha construido un forjado de reja metálica y un aseo en 1º piso, con este acto ensombrece el patio de PB y por ende quita iluminación y ventilación al piso de abajo. Este acto prescribe?, en cuantos años?, como esta tipificado?. Como debo acometer este problema?

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El caso que planta reviste cierta complejidad por lo que es necesario que lo ponga en manos de un abogado. Primeramente habrá que estar a la legalidad de la obra, desde el punto de vista urbanístico y de la propiedad horizontal. Si no se ajusta a estos parámetros existen acciones legales para exigir al propietario promotor de la obra que devuelva la cosa al estado originario, es decir, que destruya lo construido. Este acto prescribe, pero hasta la prescripción es un extremo a estudiar, pues en derecho civil existen plazos de prescripción que van desde el año hasta los 15 o 30 años. Pocos asuntos son imprescriptibles en derecho civil.

Quedamos a su entera disposición para que, gratuitamente y sin compromiso, nos exponga el caso a fin de poder estudiarlo y darle una respuesta más concreta.

Puede contactarnos en el 951 71 50 41 o en la web www.lariosabogados.es

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