Vivienda de alquiler en mal estado

Hola! Son varias las preguntas que quiero hacer, pero primero expondré el caso para que entiendan lo que quiero, sobretodo información para arreglar las cosas bien.
Vivo en un edificio de alquiler propiedad de una señora que recibió la herencia por parte del marido al morir.
Desde marzo del presente año.
1.Cuando entré en el piso, me quejé a la dueña de unas humedades en la cocina y a los dos meses vino el señor que ella contrata para las obras para revisarlas. Aproveché y le comenté unas grietas que tenía en la habitación y comedor, me dijo pasamos de la cocina y me dedico a ésto porque se te puede caer el techo encima.
En la actualidad, desde mayo, duermo todavía en el comedor pues la grieta solo tiene unos testigos.NO ESTÁ REPARADA.
¿Qué puedo hacer?
2. Tuve un problema con el grifo de la ducha, menos mal que solo tuve que esperar dos meses, en esta semana me lo han arreglado. El caso es que el agua es de depósito y no se desde cuando no se ha inspeccionado los mismos. Limpio los filtros de los grifos cada dos semanas para conseguir un poco más de caudal.Si dejo botes para quitarles la etiqueta en remojo, al día siguiente pasas el dedo y sacas cal.Hay muchos residuos en el agua como de hierro y me he enterado de que un trabajador vio mosquitos y cucarachas dentro de los depósitos. Todas las tuberías son de plomo, ¿material qué creo está prohibido.El agua solo tiene un contador general a nombre del muerto y pagamos todos los meses 14,92? Cada uno de los 18 vecinos.
¿Qué puedo hacer?
3.Las humedades en la cocina y en un bajante de la galería de principios del siglo pasado están cada día más grandes.
¿Qué puedo hacer?
4. Están construyendo un apartamento en el terrado desde hace un año y según la dueña, eso lo tenemos que pagar nosotros por lo que quiere organizar una reunión de vecinos. ¿Esto es legal?
¿Qué puedo hacer?
Gracias de antemano y perdonen la extensión de las preguntas.
BARCELONA - ESPAÑA

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De conformidad con la Ley, es obligación del casero mantener las viviendas que alquila en condiciones de habitabilidad, o lo que es lo mismo: hábiles para el uso a que se destinan.
Desde este punto de vista, corresponde indudablemente a su arrendadora arreglar los desperfectos y problemas que enumera Usted (apartados 1, 2 y 3) en su pregunta.
Si esta señora no lo hace, o si la tardanza en arreglarlos o la falta de corrección en las reparaciones son tantas como Usted cuenta, está más que claro que debe pasar Usted a la acción.
Requiera fehacientemente (normalmente por burofax) a la dueña del piso para que repare lo que está en mal estado (humedades, techos, instalación de agua corriente) y si no hay respuesta adecuada, podrá Usted demandarla ante los Tribunales.
Por otro lado, la cuestión del apartamento en el ático depende del contenido de su contrato. ¿Contiene éste una cláusula en virtud de la cual deba Usted asumir todos los gastos -ordinarios y extraordinarios- de la Comunidad de Propietarios del Edificio? Contésteme a esto y seguiremos avanzando.

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