¿URGE Demolición o multa?

Resulta que por circunstancias personales y familiares tengo la necesidad de construir en un terreno urbanizable, dicha parcela se encuentra en la C.A. De Andalucía, en un proceso de sectorización aprobado inicialmente (aprobación final de uno a dos años), una vez finalizado el cual según me dijeron se concederían licencias de obra, hasta entonces nada.
Mi objetivo es colocar una casa prefabricada de hormigón, por módulos, la cual según me informaron se monta en tres o cuatro días, pero cumpliendo con todos los requisitos que prevé el plan de sectorización para el futuro (retranqueos, alturas máximas, superficies máximas, etc...), y mi pregunta es la siguiente:
- Legalmente se que me enfrento a una multa pero ¿de cuánto?, me han dicho que sobre un 10% del valor de lo construido ¿Es así?
-¿Me podrían exigir que la retirara o la demoliera? Teniendo en cuenta que existen una gran cantidad de construcciones legales e ilegales en el mismo polígono, y sobre todo ¿Qué es lo habitual? ¿Multa y demolición o solo multa, teniendo en cuenta dicha circunstancias?.

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Contesto por partes:
1) Sí, la multa es del 10% del valor de lo construido. Esto tiene su razón por lo siguiente: el pago de la licencia de obras es de un 5% sobre el valor de lo que se va a construir, por eso la multa la duplica.
2) Pueden exigir que la retires o la demuelas, perfectamente. No tienes que tener en cuenta el hecho de que existan otras construcciones ilegales a tu alrededor, porque no tiene nada que ver. Ahora bien, lo más frecuente es que pongan multas. Y más si están en pleno proceso de sectorización, lo que quiere decir que quieren cambiar "el paisaje" de lo que inicialmente se encuentra enclavado en el paraje. Es diferente a construir sin más en terreno rústico: ahí la mayoría de las veces sí que obligan a demoler, por motivos obvios.

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