Multas ora

Hemos recibido en nuestro buzón mi marido y yo cada uno, u aviso para recoger una notificación del ayuntamiento, en una empresa postal de notificaciones contratada por el Ayuntamiento.
Cuando las hemos ido a recoger! SORPRESA! Eran 2 multas de la ora, que emite el Ayuntamiento, por no tener tikets o haber rebasado la ora (pero no teníamos conocimiento de ello, pues en ningún momento nos pusieron en el parabrisas la multa para poder pagarla a tiempo, en las máquinas expendedoras de la ora), no nos ha notificado como es debido, ¿pues en tal caso se hubiese abonado 7? Y quedaban anuladas, ¿pero ahora me piden del tirón 90? Por cada multa, ¿po qué me tEngo que confomar con esta injusticia?
Las multas aparecen con la fotografía del frontal de los coches donde se vé la matrícula, marca, color del coche y el susodicho ticket con la supuesta"hora rebasada", cosa que no se puede ver con claridad en la foto, pues aparece borrosa e imperceptible (ni siquiera intentándolo ver con ayuda de una lupa he conseguido ver que datos aparecen), además de que los tickets de la ora, que son de papel térmico, cuando les da el sol, se ponen oscuros y borrosos y mucho más los tikets que usamos nosotros como residente, que duran 1 semana en el coche dándole el sol.
Mis preguntas son, si el ticket que han fotogafiado no se puede ver con claridad:
1º) ¿Cómo demuestran ellos que es verdad lo que dicen si no se vé con claridad el ticket que ha fotografiado que aportan como prueba?
2º) Además, ¿Cómo demuestran que esa foto fue tomada el día y hora al que aluden, si no ha sido realizada en la presencia de un "agente de la ley autorizado" o sea un policía local como mínimo? Y
3º) ¿Qué potestad tienen estos agentes (o sea empleados de una empresa privada), para que el Ayuntamiento considere su denuncia lo suficienemente válida para emitir ellos una multa con "todas las de la ley"?
He estado mirando por internet este tema y parece ser que los Ayuntamientos "se pasan por el forro" los recursos que se hacen y que para conseguir algo tienes que pasar al Juzgado, el Juez es quien en cualquier caso aplicaría la ley, claro está nadie se mete en juicio por esto, pues "nos saldría más caro el collar que el perro" pero de verdad ¿no hay otra forma de poder defendernos de estos abusos? Si la hay, por favor díganosla. Le estaríamos eternamente agradecidos nosotros y todos los usuarios de la ora, para saber como actuar

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Lo primero, en la foto no puede nunca leerse el ticket, lo importante de la fotografía es que demuestra que se trata de su vehículo y el lugar. La hora puede aparecer en la fotografía o estará en los datos del archivo electrónico de la propia fotografía. Los Agentes Controladores, pueden imponer sanciones de este tipo, no es necesaria la presencia de un "agente de la ley".
Si usted presenta recurso, y como indica, ya se ha personado y dispone de toda la documentación del expedietne sancionador, el mismo órgano sancionador (Ayuntamiento) es quien tramita el recurso... Si no es muy claro, no se suele ganar por esta vía... Teniendo que interponer Contencioso Administrativo con Abogado, pero no hay nada más que esto. La vía del recurso administrativo y una vez agotada la vía, pasar a la Contenciosa Administrativa.
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