Separación de bienes

Hola Experto!
Me caso en un par de semanas y mi novia y yo hemos pensado en hacer separación de bienes pues ambos tenemos un piso con su respectiva hipoteca, pero ella tiene una ayuda a 10 años, ya lleva 6, y no sabemos si la perdería, lo suyo es una vpo.
A mi mis padres me ayudaron a comprarlo y tampoco quiero que eso pase a ella, pues seria injusto con mis padres.
Resumiendo, ¿qué necesitamos para hacerla? ¿Se tardaría mucho o podría estar para la boda? ¿A efectos de hacienda seguiríamos siendo indenpendientes? ¿Si no se hace separación de bienes ella perdería la ayuda?
Muchas gracias
Respuesta
1
Para hacer la separación de bienes tienen que acudir a la notaría más cercana y hacer la escritura pública de capitulaciones matrimoniales, si se dan prisa creo que podría estar para antes de la boda si solo se trata de decir que optan por la separación de bienes, depende del trabajo que haya en la notaría. Con la separación de bienes ante hacienda ustedes tributan de forma independiente. En principio las vpo se adjudican a las personas que no disponen de otra vivienda, así que si su futura mujer no aparece empadronada en esa vivienda o, previa inspección, se detecta que no vive ahí, podría ser que tuviera que devolverla ya que a la Administración concedente podría parecerle que no la necesita. La Administración no suele saber de oficio si los beneficiarios están casados o su régimen matrimonial, más bien les preocupa si residen o no en las vpo que se les adjudica.
Muchas gracias por su respuesta, unas dudas más:
Si eligiésemos gananciales, ¿no pasaríamos a tener que pagar las 2 hipotecas entre los 2 de los bienes gananciales? ¿Y por lo tanto no seria de los 2 la parte correspondiente de cad piso que sea pagada desde el matrimonio?
Si ella se quedase sin trabajo, como es el caso, ¿no podrían reclamarme a mi el pago de su hipoteca(esta avalad lacompra por sus padres) en el caso de que tuviésemos gananciales?
Muchas gracias y disculpe las molestias
Los bienes, como pueden ser los pisos, no se consideran gananciales si se compran antes de celebrarse el matrimonio, y los préstamos hipotecarios deben pagarlos los que los hayan contratado. Así que si su novia ha comprado un piso y usted ha comprado otro antes de casarse y los préstamos hipotecarios los han contratado cada uno por su lado no responde la sociedad de gananciales. Si su novia se queda sin trabajo responderían sus padres por ser los avalistas.

2 respuestas más de otros expertos

Respuesta
1
Lo primero es que dependiendo de la comunidad autónoma en que viváis ( si es Cataluña o Comunidad Valenciana), no os haga falta hacerla, pues en ambas comunidades el régimen general del matrimonio es la separación de bienes.
Si no es ninguna de estas dos, es tan simple como acudir a la Notaria, antes o después de casados.
Y en cuanto a los bienes anteriores al matrimonio, aun cuando optarais por gananciales, dichos bienes no formarían parte de la comunidad de bienes del matrimonio, por ser anteriores a este.
Muchas gracias por su respuesta, unas dudas más:
Si eligiésemos gananciales, ¿no pasaríamos a tener que pagar las 2 hipotecas entre los 2 de los bienes gananciales? ¿Y por lo tanto no seria de los 2 la parte correspondiente de cad piso que sea pagada desde el matrimonio?
Si ella se quedase sin trabajo, como es el caso, ¿no podrían reclamarme a mi el pago de su hipoteca(esta avalad lacompra por sus padres) en el caso de que tuviésemos gananciales?
Muchas gracias y disculpe las molestias.
Entiendo que no, puesto que la propiedad no es ganancial, es decir solo es ganancial, lo adquirido a posteriori del matrimonio, y en ese sentido. No pueden exigirte el pago de un crédito del que no eres parte, y por el simple hecho del matrimonio no pasas a formar parte de dicho contrato de crédito, con lo que no, no te lo podrían exigir.
No obstante, dado que ambos tenéis bienes anteriores, quizás es más positivo la separación, puesto que si en un momento dado luego queréis comprar algo a medias, no hay nada que os lo impida.
Respuesta
1
Para hacer la separación de bienes tienen que acudir al notario y otorgar capitulaciones. Suele ser un trámite que no tarda mucho. El notario les puede informar de todo.
Si perdería la ayuda o no, lo desconozco ya que no es mi especialidad.

Añade tu respuesta

Haz clic para o

Más respuestas relacionadas