Recurso Alzada: Silencio Administrativo ¿Qué hacer?

Hola.
Mi duda es la siguiente:
Interpuse el 16 de noviembre de 2010 un recurso de alzada contra una resolución sancionadora sobre mi persona. Teóricamente, el plazo que tiene el Ministerio de Interior para responderme es de tres meses (cumplió el 16 de febrero de 2011). Si no responden, se entiende desestimado por silencio administrativo. A día de hoy no he recibido respuesta alguna ¿Tengo qué pagar ya o tengo que esperar a recibir alguna respuesta, ya sea a mi favor o en contra? ¿Cómo se haría el pago? ¿Me van a aplicar algún recargo?
Muchas Gracias.

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Mientras no le notifiquen la resolución de ese recurso de alzada no se pondrá fin a la vía administrativa y por ello no será ejecutiva, esto quiere decir que no pueden exigirle el cumplimiento mientras no se agote la vía administrativa mediante la resolución del recurso de alzada
Cuando se dicte, si no le admiten sus alegaciones dispondrá de dos meses para interponer el recurso contencioso administrativo, pero deberá necesariamente pagar la sanción y pedir en vía judicial la devolución de lo pagado con intereses
No se genera recargo tampoco hasta que transcurra el plazo de pago en periodo voluntario que no contará hasta que se le notifque la resolución del recurso de alzada

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