Donaciones

Si fallece aquel a quien se le ha hecho una donación, a las pocas horas o días de hacerla, y se quiere retrotraer ¿es esto posible? ¿Y de serlo cuanto duran los efectos favorables?

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La donación se perfecciona con la aceptación del donatario, una vez aceptada adquiere la propiedad y ya no cabe revocarla sino por las causas tasadas en la ley (ingratitud, que el donante no tenga bienes suficientes para vivir, etc)
Si fallece el donatario después de la donación lo donado se integraría en su herencia

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