Devolución cantidades contrato de compraventa

Buenos días, mi caso es el siguiente: firmé un contrato de compraventa de un piso, entregando una cantidad como entrada. Finalmente, por una serie de desacuerdos con la constructora, y tras el incumplimiento del plazo de entrega del piso en varios meses, solicité la resolución del contrato y la devolución de la entrada. Ante el juez, llegamos a un acuerdo por el que la constructora reconocía el adeudo de la cantidad entregada como entrada, y el juez estableció un plazo para devolver el dinero, que todos aceptamos. Este plazo ya se ha cumplido, y no hemos tenido noticias, por lo que el abogado dice que pediremos al juzgado la ejecución del acuerdo, pero no me ha explicado mucho más. Entonces, a partir de ahora, ¿qué puede ocurrir? ¿Habrá qué esperar mucho para que se resuelva? ¿Qué pasa si se niegan a pagar, o cuanto pueden retrasar el tema? ¿Puedo esperar tener nuevos gastos de juzgado o abogado al respecto?

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Ahora su abogado solicitará la ejecución forzosa ante el incumplimiento de ese acuerdo, esto requiere primero localizar bienes y dinero que tenga la empresa para poder embargar
El plazo que tendrá que esperar depende primero de cada juzgado y después de la rapidez con que puedan encontrarse esos bienes de la empresa
Respecto de los gastos de su abogado, evidentemente se van a realizar nuevas actuaciones que conllevarán nuevos gastos
De todas formas, lo mejor es que pida información a su abogado porque nadie mejor que él para explicarle los pasos que va a dar para poder cobrar esa cantidad adeudada

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