Consulta sobre resolución Obras Públicas
Estimado abogado:
Existe una resolución del año 2001 de la Consejería de Obras Públicas de la Junta de Andalucía en la que estima la demolición de una construcción de unos 20 m2 aprox. Por no guardar los 3 m. De separación a lindero que establece el PGOU. En el 2004 se solicitó de nuevo la demolición de dichas obras, y en el 2009 la Consejería de Obras Públicas me indica la prescripción de dicha resolución. (Las obras ilegales se realizaron en 1997)
Le agradecería me informara si existe alguna posibilidad de llevar el caso por la vía civil, por la vía administrativa no se presentó ningún recurso a la resolución de prescripción de dicha Consejería.
Dándole las gracias anticipadas reciba un cordial saludo.
Existe una resolución del año 2001 de la Consejería de Obras Públicas de la Junta de Andalucía en la que estima la demolición de una construcción de unos 20 m2 aprox. Por no guardar los 3 m. De separación a lindero que establece el PGOU. En el 2004 se solicitó de nuevo la demolición de dichas obras, y en el 2009 la Consejería de Obras Públicas me indica la prescripción de dicha resolución. (Las obras ilegales se realizaron en 1997)
Le agradecería me informara si existe alguna posibilidad de llevar el caso por la vía civil, por la vía administrativa no se presentó ningún recurso a la resolución de prescripción de dicha Consejería.
Dándole las gracias anticipadas reciba un cordial saludo.
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